DECRETO 241/2005, de 23 de noviembre, por el que se modifican la estructura orgánica y las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Presidencia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 241/2005, de 23 de noviembre, por el que se modifican la estructura orgánica y las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura.

Mediante Decreto 78/2003, de 15 de julio, se estableció la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente.

La Ley de la Función Pública dispone en su artículo 26 que las relaciones de puestos de trabajo actúan como el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal de acuerdo con las necesidades de los servicios, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.

Por Decreto 45/2004, de 7 de mayo, se modificaron las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, figurando en el mismo las relaciones de puestos de trabajo completas. No obstante, procede incorporar los cambios que resultan necesarios, tanto en la estructura orgánica como en las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral, con objeto de alcanzar la obligada adaptación de las estructuras de personal a las necesidades reales en el momento actual.

En este sentido, resulta necesario modificar la estructura orgánica con la finalidad de adecuar la denominación de un servicio al perfil funcional que en la actualidad se requiere, como consecuencia del traspaso de unidades desde esta Consejería a la de Infraestructuras y Desarrollo Tecnológico. Así mismo, se crea dentro de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario, adscrito a la Secretaría General, un puesto de trabajo denominado Jefe de Sección de Obras. No obstante, la mayor parte de las modificaciones contenidas en el presente Decreto, afectan a las características de determinados puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral con el fin de acomodar su perfil a las exigencias de la propia organización administrativa, para poder atender y satisfacer desde la perspectiva de la eficacia y eficiencia de la actuación administrativa, las demandas y exigencias de una realidad social en constante y permanente evolución. Por último, cabe señalar que se amortizan dos puestos de trabajo de personal laboral.

Es de aplicación el Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el...

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