Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia de la Junta
Rango de LeyDecreto

I DISPOSICIONES GENERALES

PRESIDENCIA DE LA JUNTA

DECRETO del Presidente 15/2011, de 8 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2011030015)

En virtud de las atribuciones que me confieren los artículos 13.d), 20, 32.2 y 55 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

DISPONGO:

Artículo primero Denominación y número de Consejerías.

La denominación y número de las Consejerías de la Junta de Extremadura quedan configuradas como a continuación se relacionan:

Consejería de Empleo, Empresa e Innovación.

Consejería de Administración Pública.

Consejería de Economía y Hacienda.

Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Turismo.

Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio ambiente y Energía.

Consejería de Educación y Cultura.

Consejería de Salud y Política Social.

Artículo segundo Competencias de las Consejerías.

Se distribuyen las competencias de las Consejerías que integran la Junta de Extremadura, creadas en el artículo anterior, en los términos que a continuación se relacionan:

La Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, ejercerá las competencias que en materia de trabajo y políticas de empleo tenía la anterior Consejería de Igualdad y Empleo, así como las de ordenación y promoción industrial, y comercio, de promoción de la empresa y apoyo al emprendedor, de modernización e innovación tecnológica, sociedad de la información, investigación y telecomunicaciones que tenía atribuidas la anterior Consejería de Economía, Comercio e Innovación.

La Consejería de Administración Pública, desempeñará la función de Secretaría del Consejo de Gobierno y ejercerá las competencias que en materia de servicios jurídicos, política tecnológica de carácter corporativo, administración electrónica, inspección de servicios, evaluación y calidad de la Administración y cooperación internacional al desarrollo tenía atribuidas la Vicepresidencia Primera de la Junta de Extremadura, las que tenía atribuidas la anterior

Consejería de Administración Pública y Hacienda en materia de función pública y recursos humanos, justicia e interior, y las que en Administración Local tenía la anterior Consejería de...

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