Decreto 102/2013, de 18 de junio, por el que se modifica el Decreto 126/2008, de 20 de junio, por el que se regula el programa de ayudas para el fomento del empleo en el ámbito de la economía social.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Empleo, Empresa e Innovación
Rango de LeyDecreto

DECRETO 102/2013, de 18 de junio, por el que se modifica el Decreto 126/2008, de 20 de junio, por el que se regula el programa de ayudas para el fomento del empleo en el ámbito de la economía social. (2013040118)

El Decreto 126/2008, de 20 de junio (DOE n.º 124, de 27 de junio) establece las bases reguladoras de ayudas para el fomento del empleo en el ámbito de la economía social, a través de los dos programas que en el mismo se contienen: Programa I Creación de Empleo Estable y Programa II Apoyo técnico a Sociedades Cooperativas, Sociedades Laborales y Entidades Asociativas, siendo destinatarias de estas ayudas, las sociedades laborales inscritas en el Registro de Sociedades Laborales de Extremadura, las sociedades cooperativas inscritas en el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura y las entidades asociativas de sociedades cooperativas y laborales inscritas en el Registro de Asociaciones Empresariales y Profe sionales de la Dirección General de Trabajo o en el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura.

El citado decreto ha sido modificado por el Decreto 284/2011, de 25 de noviembre, al objeto de adecuar las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a fomentar el empleo en el ámbito de la economía social, a la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El artículo 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece para procedimientos de concesión directa de subvenciones cuyas bases reguladoras de las ayudas no abran la convocatoria que ésta adoptará la forma y se efectuará por los órganos que correspondan, con fijación del periodo o plazo de vigencia de la misma, así como las aplicaciones, proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas para el periodo de vigencia de la convocatoria y precisará previamente autorización del Consejo de Gobierno. Del mismo modo, establece que en la convocatoria se determinarán las aplicaciones, proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de vigencia de la convocatoria.

De acuerdo con lo anterior, se hace necesario acometer la modificación del Decreto 126/2008, de 20 de junio, por el que se regula el Programa de ayudas para el fomento del empleo en el ámbito de la economía social, estableciendo la posibilidad de que las convocatorias habiliten un plazo que permita la presentación de solicitudes relativas a los programas de ayudas contenidas en el mismo, para aquellos casos en los que el hecho causante se produzca en el periodo comprendido entre la finalización de la vigencia de una convocatoria y la entrada en vigor de la siguiente y este periodo se haya dilatado en el tiempo hasta el punto de impedir, a pesar de los plazos de solicitud establecidos, acceder a los beneficios del Programa.

Ello permitirá conciliar la preceptiva ordenación y gestión del Programa de ayudas en convocatorias abiertas para este procedimiento de concesión directa, de acuerdo con las disposiciones contenidas en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con el necesario impulso a la creación de empleo estable en el ámbito de la economía social, extendiendo su aplicación al mayor ámbito posible para paliar los efectos que, sobre el mercado de trabajo, pueda causar la actual situación económica a este sector estratégico.

Por otra parte, la exclusión general establecida en el artículo 6.c) de las bases reguladoras relativa a las personas causantes de subvención que hayan sido previamente beneficiarias o

causantes de ayudas a la economía social o autoempleo, se armoniza con los nuevos plazos temporales excluyentes recogidos en el Decreto 68/2013, de 7 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento del autoempleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Por último y considerando que las empresas de la economía social en Extremadura adolecen de una dimensión inadecuada, lo que afecta a la facturación y a los medios técnicos y humanos de las mismas, y condiciona la reducción de su ámbito de actuación a un marco exclusivamente local, que les imposibilita tener capacidad de acceder en condiciones competitivas a los mercados, tanto nacionales como internacionales, con garantía de éxito, además de suponer una dispersión de esfuerzos y una insuficiente concentración de la oferta, se constata un retraso en la adecuada adaptación de este colectivo a los nuevos modelos económicos globales, siendo la economía social un sector clave por su potencialidad en la creación de empleo e incidencia en el tejido social.

En este sentido, el Gobierno de Extremadura concibe la integración cooperativa como factor estratégico para el crecimiento económico regional, lo que conlleva a incentivar la creación de empleo estable de una manera especial, en aquellas sociedades resultantes de procesos de integración cooperativa, para favorecer la concentración de entidades, el aumento de la facturación, la generación de empleo consolidado y la mejora de la dotación de los recursos humanos especializados.

Por ello, se introduce un incremento adicional de las ayudas reguladas en el Decreto 126/2008, de 20 de junio, para estos casos de integración cooperativa, tanto por la creación de empleo como por los gastos de integración, así como la consecuente modificación de los documentos y datos a aportar por las entidades solicitantes que estén afectadas por estas circunstancias.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con los artículos 23.h) y 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y del artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Empleo, Empresa e Innovación y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de 18 de junio de 2013,

D I S P O N G O :

Artículo único Modificación del Decreto 126/2008, de 20 de junio, por el que se regula el Programa de ayudas para el fomento del empleo en el ámbito de la economía social.

El Decreto 126/2008, de 20 de junio...

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