DECRETO 125/2002, de 24 de septiembre, por el que se declara la urgente ocupación por el Ayuntamiento de Miajadas de los bienes y derechos afectados por las obras contempladas en el proyecto de construcción de un colector de saneamiento de la zona Este de Miajadas.
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Presidencia |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 125/2002, de 24 de septiembre, por el que se declara la urgente ocupación por el Ayuntamiento de Miajadas de los bienes y derechos afectados por las obras contempladas en el proyecto de construcción de un colector de saneamiento de la zona Este de Miajadas.
El Ayuntamiento de Miajadas en sesión plenaria celebrada el día 5 de marzo de 2002, adoptó acuerdo para la expropiación de los bienes y derechos afectados por las obras contempladas en el 'Proyecto de construcción de Colector de Saneamiento en la Zona Este de Miajadas'; se inició el expediente expropiatorio con determinación de los bienes y propietarios afectados cuya relación fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, de fecha 5 de junio de 2002.
Consta en el expediente que en el plazo de información pública, los propietarios afectados por la expropiación no presentaron alegaciones, por lo que la relación definitiva de bienes afectados, y a la vista de los informes técnicos emitidos, es la presentada en el Anexo 1.
En la sesión de fecha 5 de marzo de 2002, se acordó solicitar del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura la declaración de
urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación que procede tomar en consideración toda vez que la urgencia de la misma queda demostrada por la necesidad de mejorar la evacuación de las aguas pluviales y residuales en dicha zona del núcleo urbano, en el que se producen frecuentes inundaciones del viario por la insuficiencia de la sección y la pendiente del colector de saneamiento que evacúa la zona.
En base a lo establecido en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y el artículo 56 de su Reglamento, y en uso de las atribuciones concedidas por el Real Decreto 2.641/82, de 24 de julio, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura es competente para disponer el carácter urgente de la ocupación de los terrenos de referencia.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión del día 24 de septiembre de 2002.
D I S P O N G O :
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