RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2005, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se otorga autorización ambiental integrada a 'Procesos Metalúrgicos Samobeco, S.A.', para la industria dedicada al reciclaje y transformación de metales no férreos, en el término municipal de Fuente de Cantos.

SecciónIII - Otras Resoluciones
EmisorConsejería de Agricultura y Medio Ambiente
Rango de LeyResolución

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2005, de la Dirección General de Medio Ambiente, por la que se otorga autorización ambiental integrada a 'Procesos Metalúrgicos Samobeco, S.A.', para la industria dedicada al reciclaje y transformación de metales no férreos, en el término municipal de Fuente de Cantos.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha de 10 de mayo de 2005, tiene entrada en la Dirección General de Medio Ambiente (DGMA), la solicitud de Autorización Ambiental Integrada (AAI), a nombre de PROCESOS METALÚRGICOS SAMOBECO, S.A. con NIF A06425797, Industria dedicada al reciclaje y transformación de metales no férreos, en el término municipal de Fuente de Cantos (Badajoz).

Segundo. El proyecto consiste en la instalación de una Industria para el reciclaje y transformación de metales no férreos, para la obtención de productos y semielaborados de latón de diferentes aleaciones. La planta está proyectada con una capacidad de producción de 15.000 toneladas anuales de barras y perfiles (68 toneladas por día). Esta actividad industrial está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación y en la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental.

La actividad se emplazará en una superficie de unos 67.137 m2, situada en el término municipal de Fuente de Cantos (Badajoz) en la Carretera EX-202, Parcela 433 del Polígono 40. La superficie a ocupar por las instalaciones proyectadas es de 6.000 m2. Las instalaciones tendrán 10 m de altura.

Tercero. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, y en el artículo 15 del Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento de ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, la solicitud de AAI fue sometida al trámite de información pública, mediante anuncio que se publicó en el D.O.E. nº 67, de 11 de junio de 2005. Dentro del periodo de información pública no se han presentado alegaciones.

Cuarto. Dentro del procedimiento de autorización se ha recabado informe del Ayuntamiento de Fuente de Cantos, sobre la adecuación de la instalación a todos aquellos aspectos de su competencia, según el artículo 18 de la Ley 16/2002. Según informe recibido el 15 de septiembre del 2005, el Ayuntamiento A N E X O I

ÁREAS DE SALUD PLAZAS OFERTADAS

BADAJOZ 12

CÁCERES 12

CORIA 3

DON BENITO-VILLANUEVA 6

LLERENA-ZAFRA 4

MÉRIDA 8

NAVALMORAL DE LA MATA 3

PLASENCIA 4

A N E X O I I

FECHA: 17 de enero de 2006.

LUGAR: Escuela de Administración Pública. Sala Polivalente Avda. de la Libertad, s/n. Mérida.

HORA: 17,00 horas.

A N E X O I I I

COMISIÓN

Concepción Torres Lozano.

Francisco Martínez Pascual.

M' del Mar Gutiérrez Galán.

de Fuente de Cantos manifiesta que las instalaciones de la Industria para el reciclaje y transformación de metales no férreos objeto de la presente autorización se adecúan a todos aquellos aspectos de competencia municipal.

Quinto. El proyecto de la Industria para el reciclaje y transformación de metales no férreos, para la obtención de productos y semielaborados de latón de diferentes aleaciones cuenta con Declaración de Impacto Ambiental (DIA), conforme al procedimiento establecido en el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, formulada por la DGMA mediante resolución publicada en el DOE nº 88, de 30 de julio de 2005.

Sexto. En el trámite de audiencia a los interesados, según el artículo 20 de la Ley 16/2002 de prevención y control integrados de la contaminación, con fecha de 8 de noviembre de 2005, se envía borrador de la propuesta de resolución al Ayuntamiento de Fuente de Cantos y al promotor del proyecto, para manifestar su conformidad a la propuesta de resolución. El Ayuntamiento de Fuente de Cantos manifestó la conformidad al documento mediante escrito recibido con fecha de 25 de noviembre del 2005. Por su parte el promotor efectuó una serie de alegaciones al documento en cuestión mediante escrito de 2 de diciembre de 2005, de entre las que esta DGMA ha considerado tener en cuenta algunas en la presente resolución, desestimando otras.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La DGMA de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente es el órgano competente para la resolución del presente expediente en virtud de lo dispuesto en el artículo 3.h. de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.

Segundo. La instalación de referencia se encuentra en la categoría 2.5.b. del Anejo I de la Ley 16/2002, relativo a Instalaciones para la fundición (incluida la aleación) de metales no ferrosos, con excepción de metales preciosos, incluidos los productos de recuperación (refinado, restos de fundición, etc) con una capacidad de fusión de más de 4 toneladas para el plomo y el cadmio, o 20 toneladas para todos los demás metales, por día.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho y fundamentos de derecho, y una vez finalizados los trámites reglamentarios para el expediente de referencia, por la presente, S E R E S U E L V E :

OTORGAR la Autorización Ambiental Integrada a PROCESOS METALÚRGICOS SAMOBECO, S.A. para la Industria dedicada al reciclaje y transformación de metales no férreos, para la obtención de productos y semielaborados de latón de diferentes aleaciones, ubicada en la Parcela 433 del Polígono 40 del término municipal de Fuente de Cantos (Badajoz), a los efectos recogidos en la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, señalando que en el ejercicio de la actividad se deberá cumplir el condicionado fijado a continuación, sin perjuicio de las prescripciones de cuantas normativas sean de aplicación a la actividad industrial en cada momento. El nº de expediente del complejo industrial es el AAI04/2.5.b./2.

- a - Tratamiento y Gestión de Residuos

Residuos no peligrosos

  1. La presente resolución autoriza la gestión de los siguientes residuos no peligrosos mediante la operación de valorización R4 de la Parte B del Anejo I 'Reciclado o recuperación de metales y de compuestos metálicos' de la Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la...

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