ORDEN de 5 de mayo de 2004, por la que se regula la organización de las pruebas libres que permitan la obtención directa del Título de Graduado en Educación Secundaria a las personas mayores de 18 años en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación, Ciencia y Tecnologia
Rango de LeyOrden

ORDEN de 5 de mayo de 2004, por la que se regula la organización de las pruebas libres que permitan la obtención directa del Título de Graduado en Educación Secundaria a las personas mayores de 18 años en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (B.O.E. de 24 de diciembre), establece en el artículo 53.3 que las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias y de acuerdo con las condiciones básicas que establezca el Gobierno, organizarán periódicamente pruebas para que las personas mayores de dieciocho años de edad puedan obtener directamente el título de Graduado en Educación Secundaria.

Por no existir aún desarrollo de lo contemplado en la citada Ley con relación a estas convocatorias y en virtud de lo establecido en su disposición transitoria quinta, la presente Orden se dicta al amparo de lo regulado en el R.D. 135/2002 (B.O.E. 16 de febrero), de I de febrero por el que se establecen las condiciones básicas por las que se rigen las pruebas previstas en el artículo 52.3 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria por las personas mayores de dieciocho años de edad.

El Real Decreto 827/2003, de 28 de junio (B.O.E. de 28 de junio), establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la mencionada Ley, y el Real Decreto 831/2003, de 27 de junio (B.O.E. de 3 de julio), establece la ordenación general y las enseñanzas comunes de la Educación Secundaria Obligatoria, que en la medida que se vaya implantando dejará sin efecto el Real Decreto 1007/1991, de 14 de junio (B.O.E. de 26 de junio), modificado por el Real Decreto 3473/2000, de 29 de diciembre (B.O.E. de 16 de enero de 2001).

De manera paralela, y hasta tanto se establezca la adaptación para la Educación de Personas Adultas del currículo de Educación Secundaria en Extremadura (Decreto 87/2002, D.O.E. de 4 de julio), la Educación Secundaria para personas adultas se fundamenta en las siguientes disposiciones educativas: en la Orden de 17 de noviembre de 1993 (B.O.E. de 25 de noviembre), que define el currículo de las enseñanzas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria para las personas adultas; en la Orden de 7 de julio de 1994 (B.O.E. de 13 de julio), que regula la implantación anticipada de las enseñanzas de Educación

secundaria para personas adultas; y en la Resolución de la Secretaría de Estado de Educación, que establece orientaciones para la distribución de objetivos, contenidos y criterios de evaluación para cada uno de los módulos en los que seestructura el currículo de la Educación Secundaria para personas adultas.

Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se...

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