Decreto 164/2013, de 4 de septiembre, por el que se aprueba definitivamente el Proyecto de Interés Regional consistente en la instalación de nuevas líneas de envasado y construcción de nuevas naves almacén en fábrica de conservas vegetales, promovido por 'Conservas El Cidacos, SA', en Coria (Cáceres).

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE FOMENTO, VIVIENDA, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y TURISMO

DECRETO 164/2013, de 4 de septiembre, por el que se aprueba definitivamente el Proyecto de Interés Regional consistente en la instalación de nuevas líneas de envasado y construcción de nuevas naves almacén en fábrica de conservas vegetales, promovido por "Conservas El Cidacos, SA", en Coria (Cáceres). (2013040185)

Visto el expediente de referencia, así como los informes emitidos en el mismo, se observa el cumplimiento de los trámites establecidos en el artículo 62 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura (LSOTEX) y en el artículo 115 del Decreto 7/2007, de 23 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Extremadura (RPLANEX).

Las obras que constituyen el objeto del Proyecto de Interés Regional referenciado se corresponden con las definidas en los artículos 60.2.c) de la LSOTEX y 20.1.c) del RPLANEX.

El 18 de noviembre de 2011 se acordó por el Consejo de Gobierno declarar el interés regional del presente proyecto con base en la documentación obrante en el expediente.

La justificación del interés social y regional del proyecto está basada en la creación de puestos de trabajo y el mantenimiento de los existentes relacionados directamente con el funcionamiento de las instalaciones, así como en el impacto económico que tiene la localización de la industria en el sector agrícola regional al implicar la transformación y comercialización de productos hortofrutícolas procedentes de distintos ámbitos geográficos de nuestra región. Se justifica la ubicación física del Proyecto de Interés Regional por la conveniencia de dar continuidad a las instalaciones anexas industriales ya existentes; dichos terrenos venían utilizándose como zona de acopio y almacenaje de las mismas.

El Proyecto de Interés Regional contiene las determinaciones a que se refiere el artículo 61 de la LSOTEX.

Tras la aprobación inicial del presente Proyecto de Interés Regional, la superficie construida se reduce de 7.600 metros cuadrados a 4.912 metros cuadrados, con el fin de cumplir con las condiciones dispuestas por Confederación Hidrográfica del Tajo, aún cuando se mantiene la superficie total del ámbito de la actuación.

Asimismo, la ordenación que contempla el Proyecto de Interés Regional asegura, en todo caso, el adecuado funcionamiento de las obras, así como la conexión de aquéllas a las redes generales conforme preceptúa el artículo 60.3 de la LSOTEX, sin perjuicio de la posterior aplicación de las previsiones que contempla el último párrafo del artículo 61.1.j) de la misma ley. Conforme a lo previsto en el artículo 62.4 de la LSOTEX, la aprobación, en su caso, del Proyecto producirá los efectos propios de los planes urbanísticos previstos en el apartado 1 del artículo 79 de la misma Ley.

Visto el informe favorable emitido por la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, en su sesión de 27 de junio de 2013.

En virtud de las competencias asumidas estatutariamente (artículo 9.1.32 del Estatuto de Autonomía de Extremadura), transferidas por el Estado mediante Real Decreto 2912/79, de...

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