DECRETO 259/2008, de 19 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 16/2008, de 11 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para iniciativas y proyectos a desarrollar en el Gabinete de Iniciativa Joven (GIJ) de la Junta de Extremadura, para el fomento de la Sociedad de la Imaginación.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de los Jóvenes y del Deporte
Rango de LeyDecreto

Con fecha 15 de febrero de 2008 se publicó en el DOE n.º 32 el Decreto 16/2008, de 11 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para iniciativas y proyectos a desarrollar en el Gabinete de Iniciativa Joven de la Junta de Extremadura, para el fomento de la Sociedad de la Imaginación, con la finalidad de aprovechar el potencial de los jóvenes que haga posible la gestación de iniciativas tanto de carácter innovador como emprendedor y su posible materialización en proyectos empresariales, sociales, artísticos o culturales.

Con la concesión de estas ayudas se pretende incorporar, con metodologías innovadoras, la capacidad de imaginación, creación e innovación de los jóvenes a los grandes retos de progreso cultural, económico y de innovación de Extremadura, tanto por su carácter innovador como emprendedor.

Tras la experiencia acumulada en la gestión de las mismas, desde la Consejería de los Jóvenes y del Deporte, se considera necesario introducir determinadas modificaciones en la normativa reguladora, buscando alcanzar una mayor eficacia en dicha gestión, así como adaptar el procedimiento a lo establecido en el Decreto 184/2008, de 12 de septiembre, por el que se suprime la obligación para los interesados de presentar la fotocopia de los documentos identificativos oficiales y el certificado de empadronamiento en los procedimientos administrativos de la Administración de la Junta de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes.

De este modo, se introducen un total de once modificaciones que simplifican el procedimiento, reduciendo el número de documentos que ha de presentarse en unos casos, y en otros aportando claridad en aquellos puntos que la experiencia nos ha mostrado han generado algún tipo de confusión entre los destinatarios a los que va dirigida la norma, en un intento de alcanzar una mayor certeza y seguridad jurídica en la regulación de estas ayudas.

Como novedad, y teniendo en cuenta las características especiales de los destinatarios de las mismas, se prevé la posibilidad de abonar las Becas Iniciativa Joven en dos plazos de cuantía igual al 50% de la ayuda concedida, sin necesidad de previa constitución de garantías, tal y como recoge el artículo 4.b) del Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta del Consejero de los Jóvenes y del Deporte, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión de 19 de diciembre de 2008,

DISPONGO:

Artículo único Modificación del Decreto 16/2008, de 11 de febrero, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para iniciativas y proyectos a desarrollar en el Gabinete de Iniciativa Joven (GIJ) de la Junta de Extremadura para el fomento de la Sociedad de la Imaginación.

Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 3, en el que se ha suprimido a las agrupaciones de personas físicas o jurídicas y las...

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