DECRETO 167/2006, de 19 de septiembre, de nueva fijación de precios máximos y mínimos de tierras, en la Zona Regable Centro de Extremadura (Badajoz-Cáceres), primera fase.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 167/2006,de 19 de septiembre,de nueva fijaciÛn de precios m·ximos y mÌnimos de tierras,en la Zona Regable Centro de Extremadura (Badajoz-C·ceres),primera fase.

Por Real Decreto 1091/1990, de 31 de agosto (B.O.E. de 6 de septiembre), se aprueba el Plan General de TransformaciÛn de la Zona Regable Centro de Extremadura (Badajoz-C·ceres), primera fase, que en su CapÌtulo IV fija los precios m·ximos y mÌnimos de las clases de tierra en dicha zona.

En la actualidad y teniendo en cuenta el tiempo transcurrido desde su aprobaciÛn y los profundos cambios habidos tanto econÛmicos como sociales, se procede a la nueva fijaciÛn de los valores de los precios m·ximos y mÌnimos determinados en su dÌa en el Plan General de TransformaciÛn de la Zona Regable.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del Consejero de Agricultura y Medio Ambiente y previa deliberaciÛn del Consejo de Gobierno en su sesiÛn del dÌa 19 de septiembre de 2006,

D I S P O N G O :

ArtÌculo 1 Precios m·ximos y mÌnimos.

En la Zona Regable Centro de Extremadura (Badajoz-C·ceres) primera fase, cuyos precios m·ximos y mÌnimos de las clases de tierra, fueron aprobados por el Real Decreto 1091/1990, de 31 de agosto (B.O.E. de 6 de septiembre), se fijan nuevamente los precios m·ximos y mÌnimos de las clases de tierra los cu·les figuran en el Anexo I de este Decreto.

ArtÌculo 2 RectificaciÛn y actualizaciÛn de precios.

De conformidad con el artÌculo 113 de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario los precios fijados, rectifican, modifican y actualizan a los que se establecieron en el Decreto 1091/1990, de 31 de agosto, que aprueba el Plan General de TransformaciÛn de la Zona Regable.

ArtÌculo 3 AplicaciÛn de precios.

De conformidad con lo previsto en el artÌculo 102 apartado 2, de la Ley de Reforma y Desarrollo Agrario, los precios establecidos en el presente Decreto, sÛlo ser·n aplicables a aquellos expedientes iniciados con...

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