Decreto 233/2013, de 10 de diciembre, por el que se fija el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos durante el año 2014 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración Pública
Rango de LeyDecreto

I

DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 y 2

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DECRETO 233/2013, de 10 de diciembre, por el que se fija el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos durante el año 2014 en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2013040261)

El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra -ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece que las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán en sus respectivos ámbitos el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos, comprendiendo los días inhábiles de las Entidades que integran la Administración Local correspondientes a su ámbito territorial.

Por ello, a propuesta del Consejero de Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 10 de diciembre de 2013,

D I S P O N G O :

Artículo 1 Días inhábiles en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura

El calendario de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos, que regirá en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2014, se fija en los siguientes términos: 1) Serán días inhábiles en todo el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extrema -dura, además de los domingos, las fiestas laborales de esta Comunidad que figuran en el Decreto 148/2013, de 6 de agosto, por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2014 (DOE núm. 154, de 9 de agosto) y que a continuación se relacionan: - 1 de enero, Año Nuevo. - 6 de enero, Epifanía del Señor. - 17 de abril, Jueves Santo. - 18 de abril, Viernes Santo. - 1 de mayo, Fiesta del Trabajo. - 15 de agosto, Asunción de la Virgen. - 8 de septiembre, Día de Extremadura. - 13 de octubre, por disfrutarse en este día el descanso laboral correspondiente al día.

12 de octubre, Fiesta Nacional de España. - 1 de noviembre, Todos los Santos. - 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.

- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción. - 25 de diciembre, Natividad del Señor. 2) Además, serán inhábiles en cada entidad local de la Comunidad Autónoma de Extremadura los días de descanso laboral de sus respectivas fiestas locales que, determinados conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 148/2013, de 6...

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