DECRETO 51/2009, de 13 de marzo, por el que se modifica el Decreto 35/2008, de 7 de marzo, por el que se regulan becas complementarias para los estudiantes de Ciclos Formativos de Grado Superior beneficiarios del Programa Sectorial Erasmus de Aprendizaje Permanente de la Unión Europea.

Fecha de Entrada en Vigor20 de Marzo de 2009
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación
Rango de LeyDecreto

Mediante el Decreto 35/2008, de 7 de marzo, se regulaban las becas complementarias para los estudiantes de Ciclos Formativos de Grado Superior, beneficiarios del Programa Sectorial Erasmus de Aprendizaje Permanente de la Unión Europea, con el objetivo de favorecer la movilidad internacional de estos estudiantes para la realización total o parcial del módulo de formación en centros de trabajo en otro país miembro.

Con este mismo objetivo, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte aprobó, posteriormente, la Orden ESD/3855/2008, de 23 de diciembre, mediante la que se determinó una aportación complementaria para los beneficiarios, estudiantes de Ciclos Formativos de Grado Superior, que participen en el programa "Erasmus" de Aprendizaje Permanente, a través de la acción movilidad para prácticas en el curso académico 2008/2009.

La aportación establecida por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte es compatible con cualquier otra ayuda o subvención, cualquiera que sea su naturaleza y la entidad que las conceda, y, por tanto, con las establecidas en el Decreto 35/2008, de 7 de marzo.

La incompatibilidad establecida por el Decreto 35/2008, de 7 de marzo, impediría a los ciudadanos extremeños que deseen acogerse a las becas establecidas por este Decreto optar a las aportaciones complementarias establecidas por el Ministerio.

Esta incompatibilidad supondría una limitación al esfuerzo conjunto de la Administración Autonómica y de la Administración General del Estado por incentivar la movilidad internacional de los estudiantes de Formación Profesional.

Asimismo, el Decreto 184/2008, de 12 de septiembre, suprime la obligación para los interesados de presentar la fotocopia de los documentos identificativos oficiales y el certificado de empadronamiento en los procedimientos administrativos de la Administración de la Junta de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes. En consecuencia, procede incorporar la regulación establecida en el citado Decreto.

De conformidad con lo expuesto, a propuesta de la Consejera de Educación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 13 de marzo de 2009,

DISPONGO:

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