DECRETO 39/2006, de 7 de marzo, por el que se aprueban la Estructura Orgánica y los Estatutos de la Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanimo y el Territorio.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Presidencia
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA DECRETO 39/2006, de 7 de marzo, por el que se aprueban la Estructura Orgánica y los Estatutos de la Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y elTerritorio.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Ley 10/2004, de 30 de diciembre, de Regulación y Bases de la Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio, crea en su artículo 1 la Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio, optando por la figura del Ente Público, al que dota de personalidad jurídica y patrimonio propio, adscribiendo el citado ente a la Presidencia de la Junta de Extremadura, a través de la Vicepresidencia.

Dicho ente se crea para el desarrollo de la política de la Junta de Extremadura en materias de ordenación del territorio, el urbanismo y vivienda, atribuyéndole todas las competencias, incluidas las de planificación y programación, asignadas a cualesquiera órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus Organismos Autónomos por las Leyes 8/1997, de 18 de junio, de Promoción de la Accesibilidad en Extremadura; la Ley 3/2001, de 26 de abril, de la Calidad, Promoción y Acceso a la Vivienda de Extremadura; y la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, así como en las disposiciones administrativas de carácter general que las desarrollen, ejecuten o complementen, donde se debería entender incluida la Ley 6/2002, de 27 de junio, de Medidas de Apoyo en materia de Autopromoción de Vivienda.

Dado lo anterior, la Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio, precisa de la aprobación de unos estatutos

Notificaciones.-- Anuncio de 20 de febrero de 2006 sobre notificación de la resolución del expediente sancionador que se sigue contra D. Miguel Calvo Romero, en representación de 'Miguel Calvo Romero, S.L.', por exceso en los horarios establecidos ....................................

Consejería de Economía y Trabajo Instalaciones eléctricas.-- Anuncio de 13 de enero de 2006 sobre autorización administrativa de instalación eléctrica. Ref.: 06/AT-001788-016632 ...............

Instalaciones eléctricas.-- Anuncio de 13 de enero de 2006 sobre autorización administrativa de instalación eléctrica. Ref.: 06/AT-001788-016633 ...............

Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Tecnológico Notificaciones.-- Anuncio de 2 de marzo de 2006 sobre notificación de resoluciones de acuerdo de incoación y pliego de cargos de expedientes sancionadores en materia de transportes ............................................

Notificaciones.-- Anuncio de 2 de marzo de 2006 sobre notificación de resoluciones sancionadoras definitivas de expedientes sancionadores en materia de transportes ......

Consejería de Desarrollo Rural Adjudicación.-- Resolución de 21 de febrero de 2006, de la Secretaría General, por la que se hace pública la adjudicación de 'Acondicionamiento y refuerzo del firme del camino El Torno - Rebollar'. Expte.: 0631011FO006 .....

Adjudicación.-- Resolución de 21 de febrero de 2006, de la Secretaría General, por la que se hace pública la adjudicación de 'Acondicionamiento del acceso al camino público El Rincón, en el término municipal de Navalvillar de Pela, desde el p.k. 141,7 de la carretera N-430 (Badajoz-Valencia por Almansa). Expte.: 0631011FO008 ................

Adjudicación.-- Resolución de 21 de febrero de 2006, de la Secretaría General, por la que se hace pública la adjudicación de 'Elaboración de agendas locales y planes estratégicos de las Mancomunidades de La Vera y Campo Arañuelo del Proyecto Ruraltrans de la Iniciativa Interreg III-A'. Expte.: 0621041ID003 .................................

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que rijan su actuación, de cara a que de una forma eficaz pueda ejercer aquellas competencias que se recogen en el Texto Articulado al que hace referencia el artículo 5 de la Ley 10/2004, de 30 de diciembre, de Regulación y Bases de la Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio.

En su virtud, oído el Consejo Consultivo, a iniciativa del Vicepresidente de la Junta de Extremadura y a propuesta conjunta de los Consejeros de Presidencia y de Hacienda y Presupuesto, previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su reunión del día 7 de marzo de 2006,

D I S P O N G O :

Artículo primero

Se modifica el apartado 4 del artículo del Decreto 43/2004 de 20 de abril, de Estructura Orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura, introducido por el Decreto 1/2005, de 11 de enero, de Estructura Orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura (D.O.E. n.º 6 de 18 de enero) que pasará a tener la siguiente redacción:

  1. La Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio, bajo la superior dirección de su Presidente, se estructura en los siguientes órganos directivos y unidades:

  1. La Secretaría General, que se estructura en las siguientes unidades:

    Servicio de Asuntos Generales y de Contratación.

    Servicio de Gestión Económica y Presupuestaria.

    Servicio de Contabilidad y Gestión de Tesorería.

    Servicio Territorial de Badajoz.

    Servicio Territorial de Cáceres.

  2. La Dirección de Vivienda, que se estructura en las siguientes unidades:

    Servicio de Viviendas de Promoción Pública.

    Servicio de Administración y Contabilidad.

    Servicio Técnico.

    Servicio de Coordinación del Plan de Viviendas.

  3. La Dirección de Arquitectura y Programas Especiales de Vivienda, que se estructura en las siguientes unidades:

    Servicio de Arquitectura y Control de Calidad.

    Servicio de Planes y Programas Especiales de Viviendas.

  4. La Dirección de Urbanismo y Ordenación del Territorio, que se estructura en las siguientes unidades:

    Servicio de Urbanismo y Ordenación del Territorio.

    Servicio de Disciplina Urbanística.

  5. La Dirección de Análisis y Control del Mercado Inmobiliario, que se estructura en las siguientes unidades:

    Servicio de Análisis y Control de Mercados.

  6. Asimismo, formará parte de la Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio el Gabinete de la Presidencia de la Agencia, que ejercerá las funciones de asesoramiento y apoyo, así como aquellas que se le asignen. El personal adscrito al Gabinete se sujetará al Decreto 8/1987, de 10 de febrero, sobre el régimen jurídico del personal eventual y a la Ley de la Función Pública en lo que le resulte de aplicación.

Artículo Segundo

Se aprueba el Estatuto de la Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio, que se acompaña al presente Decreto como Anexo I.

Disposición final única Artículos 2 a 31
  1. La presente Disposición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

  2. No obstante lo anterior, el Capítulo III del Título III, del Estatuto de la Agencia de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio, entrará en vigor el 1 de enero de 2007.

    Mérida, a 7 de marzo de 2006.

    El Presidente de la Junta de Extremadura,

    JUAN CARLOS RODRÍGUEZ IBARRA La Consejera de Presidencia,

    CASILDA GUTIÉRREZ PÉREZ A N E X O I ESTATUTOS DE LA AGENCIA EXTREMEÑA DE LA VIVIENDA,

    EL URBANISMO Y EL TERRITORIO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I NATURALEZA Y RÉGIMEN JURÍDICO DE LA AGENCIA Artículo 1. Naturaleza y principios rectores.

  3. La Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio es un Ente Público, dotado de personalidad jurídica propia, con autonomía en la gestión de la tesorería y patrimonio que le

    es propio, y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines. Se constituye como la organización descentralizada de la Junta de Extremadura para el desarrollo de las funciones administrativas de ésta en las materias de la vivienda, el urbanismo y la ordenación del territorio al servicio de los objetivos de la política general de la Comunidad Autónoma en tales materias.

  4. Dentro de la orientación general fijada por la Junta de Extremadura en relación con la vivienda, urbanismo y territorio, la Agencia tendrá plena libertad de medios para el cumplimiento de tales fines generales. Corresponde a la Junta de Extremadura la evaluación general de los resultados de la actividad de la Agencia.

  5. De conformidad con su Ley de creación son principios rectores de su actuación la objetividad, la eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la ley y al Derecho. Igualmente deberá respetar en su actuación los principios de buena fe y confianza legítima.

Artículo 2 Régimen jurídico de la Agencia.

La Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio se regirá por su Ley de creación, por el Decreto Legislativo 1/2005 por el que se aprueba el Texto Articulado de las Bases de la Agencia Extremeña de la Vivienda, el Urbanismo y el Territorio, y por el presente Estatuto, así como, con el carácter de supletorias del conjunto de todas las anteriores, por las disposiciones aplicables a los Organismos Autónomos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

CAPÍTULO II COMPETENCIAS DE LA AGENCIA Artículos 3 a 7
Artículo 3 Disposición general en materia de competencias.
  1. Para el cumplimiento de sus fines la Agencia...

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