DECRETO 48/2003, de 22 de abril, por el que se modifica el plazo de presentación de las solicitudes de ayudas establecidas en el Decreto 160/2001, de 23 de octubre, por el que se puso en marcha un programa de ayudas para la promoción de la competitividad e innovación empresarial.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Economia, Industria y Comercio
Rango de LeyDecreto

DECRETO 48/2003, de 22 de abril, por el que se modifica el plazo de presentación de las solicitudes de ayudas establecidas en el Decreto 160/2001, de 23 de octubre, por el que se puso en marcha un programa de ayudas para la promoción de la competitividad e innovación empresarial.

Con la publicación del Decreto 160/2001, de 23 de octubre, se puso en marcha un programa de ayudas para la Promoción de la Competitividad e Innovación Empresarial, a través del cual se viene subvencionando la realización de proyectos, por parte de las empresas y organismos intermedios extremeños, relacionados con la Implantación de Sistemas de Calidad, Diseño,

Investigación y Desarrollo e Innovación y acceso a convocatorias nacionales y/o comunitarias en materia de innovación empresarial.

En este programa de ayudas viene establecido que el plazo de presentación de las solicitudes se fijará anualmente mediante Orden del Consejero de Economía, Industria y Comercio.

La experiencia adquirida tras la puesta en marcha del programa, demuestra que este procedimiento provoca cierta inseguridad al ciudadano, ya que al desconocer con carácter previo la fecha exacta de cada convocatoria, se complica en cierta medida una adecuada planificación en la acometida de los diferentes proyectos de inversión subvencionables, provocándose además, con el sistema seguido actualmente, ciertos problemas de índole presupuestario.

En virtud de lo expuesto y de conformidad con el artículo 23 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, de Gobierno y de la Administración de la Junta de Extremadura a propuesta del Consejero de Economía, Industria y Comercio, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura en su sesión de 22 de abril de 2003, D I S P O N G O

Artículo 1 Queda modificado el último párrafo del artículo 7 del Decreto 160/2001, de 23 de octubre donde se indicaba 'Las convocatorias para los siguientes ejercicios se abrirán mediante Orden del Consejero de Economía, Industria y Comercio', pasando a tener la siguiente redacción:

'El plazo de presentación para el presente ejercicio 2003, finalizará a los dos meses desde la publicación del...

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