Decreto 86/2013, de 28 de mayo, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura para financiar la inversión en infraestructuras en I+DT y Sociedad de la Información, para la adecuación y mejora de las instalaciones de los campus de la Universidad de Extremadura, a realizar durante 2013.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Empleo, Empresa e Innovación
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA E INNOVACIÓN

DECRETO 86/2013, de 28 de mayo, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura para financiar la inversión en infraestructuras en I+DT y Sociedad de la Información, para la adecuación y mejora de las instalaciones de los campus de la Universidad de Extremadura, a realizar durante 2013. (2013040097)

Corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura promover la investigación, desarrollo e innovación científica y técnica, en virtud de las competencias exclusivas que en dicha materia le confiere el artículo 9.1.22 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la redacción de la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero. En concreto a la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación de la Junta de Extremadura, en virtud del Decreto del Presidente 15/2011, de 8 de julio, por el que se crea la misma, le corresponden las competencias en materia de Investigación, Desarrollo e Innovación.

Así mismo el Decreto 205/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, indica que dichas competencias serán ejercidas por la Dirección General de de Modernización e Innovación Tecnológica, así como el ejercicio de las funciones en materia de telecomunicaciones, ciencia y tecnología.

La Consejería de Empleo, Empresa e Innovación, viene realizando actuaciones en el ámbito de la articulación y mejora de los distintos Centros Tecnológicos y de Investigación de la Comunidad Autónoma, teniendo entre sus principales objetivos el dotar de los medios necesarios al sistema de I+D extremeño, para potenciar su capacidad investigadora.

El proceso de consolidación y adaptación a las nuevas circunstancias exigidas a la Universidad de Extremadura tanto por el proceso de convergencia europea como por los requerimientos legales en materia de prevención de riesgos laborales, las recomendaciones internacionales en materia de eficiencia energética o de accesibilidad requieren una inversión continuada en infraestructuras educativas y científicas, ya sea de inversión real nueva y/o mejora de las existentes. Los esfuerzos deben incluir acciones específicas dirigidas a actualizar las aulas, laboratorios y demás espacios dedicados específicamente a la docencia, con el fin de garantizar las posibilidades de ofrecer una enseñanza de calidad.

La Junta de Extremadura, en atención a la importancia que estas inversiones tienen en el desarrollo universitario de la Comunidad Autónoma, asumiendo la responsabilidad que le atribuye el Estatuto de Autonomía de Extremadura, desea apoyar las actuaciones en infraestructura en materia de Investigación y Desarrollo Tecnológico, recogidas en el presente decreto, cuya cofinanciación se ejecuta con fondos FEDER contemplados en los Presupuestos Generales de gastos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2013.

El párrafo c) del apartado cuarto del artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subven -ciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (en adelante, Ley 6/2011, de 23 de marzo), establece la posibilidad de conceder, de forma directa y con carácter excepcional, entre otras, aquellas subvenciones en las que concurran razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

En concordancia con lo expuesto, el párrafo d) del apartado primero del artículo 32 de la misma norma, permite otros supuestos excepcionales, que reuniendo los requisitos del artículo 22.4.c, pueden ser acordados de forma singular mediante Decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería correspondiente y previo informe favorable de la Consejería competente en materia de hacienda.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Empleo, Empresa e Innovación y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su sesión del día 28 de mayo de 2013,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.

El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una subvención a la Universidad de Extremadura para financiar la inversión en infraestructuras en Investigación y Desarrollo Tecnológico (I+DT) y Sociedad de la Información, para la adecuación y mejora de las instalaciones de los campus de la Universidad de Extremadura, a realizar durante 2013.

Artículo 2 Entidad Beneficiaria.

La entidad beneficiaria de la subvención establecida en el presente decreto es la Universidad de Extremadura, en adelante UEX.

Para acceder a la subvención, la entidad no podrá estar incursa en ninguna de las causas de prohibición contenidas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo. La justificación de estos extremos se realizará mediante declaración responsable del/la representante legal dirigida al titular de la Dirección General de Modernización e Innovación Tecnológica, salvo la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social que se realizará en la forma establecida en el artículo 9.b) del presente decreto.

Artículo 3 Razones justificadas que dificultan la convocatoria pública.

Las razones de interés público, social y económico concurrentes para justificar la concesión directa radican en la exigencia de formular una respuesta urgente a la necesidad de una inversión continuada en infraestructuras educativas y científicas, ya sea de inversión real nueva y/o mejora de las existentes. Los esfuerzos deben incluir acciones especificas dirigidas a actualizar las aulas, laboratorios y demás espacios dedicados específicamente a la docencia, con el fin de garantizar las posibilidades de ofrecer una enseñanza de calidad; objetivo al que se accederá más fácilmente si se cuenta con infraestructuras que faciliten el acceso a las nuevas tecnologías y a las últimas técnicas de investigación. Compensando así la habitual dificultad para gastar fondos extraordinarios destinados a este fin.

En este sentido la propia Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura, destaca el importante papel que desempeña la Universidad de Extremadura, dentro del Sistema Extremeño de Ciencia y Tecnología de Extremadura. La actividad investigadora ha sido configurada como un derecho y un deber del personal docente e investigador de la misma, reconociéndose entre los fines primordiales de ésta el fomento y la práctica de la investigación, así como la formación de investigadores. La Política en I+DT+I

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