DECRETO 137/2009, de 12 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos en la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco del Plan 2000 E.

Fecha de Entrada en Vigor19 de Junio de 2009
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Industria, Energía y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

Mediante el Real Decreto 898/2009, de 22 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos, se ha puesto en marcha el Plan 2000 E, de apoyo a la renovación del parque de vehículos, iniciativa que reafirma el compromiso del Gobierno con el sector de la automoción y en particular con las políticas de fomento de la demanda de automóviles, que hasta ahora se venían prestando mediante el Plan VIVE (Vehículo Innovador-Vehículo Ecológico).

Los objetivos del Plan 2000 E son incentivar la renovación del parque automovilístico, mantener el empleo en el sector de automoción, especialmente en los concesionarios, aunar los criterios de apoyo al sector entre las diferentes Comunidades Autónomas y estimular la sustitución de vehículos antiguos por otros menos contaminantes, estimándose que esta renovación del parque automovilístico equivale a un ahorro equivalente anual de 161.000 toneladas de CO2.

Por su parte, la Comunidad Autónoma de Extremadura aprobó recientemente el Decreto 75/2009, de 3 de abril, publicado en el Diario Oficial de Extremadura número 68, de 8 de abril de 2009, por el que estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la adquisición de vehículos híbridos y primera convocatoria, al amparo del Convenio Marco de Colaboración suscrito entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (en adelante IDAE), para la definición y puesta en práctica de las actuaciones contempladas en el Plan de Acción 2008-2012 (PAE4+), de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España.

Entre las medidas prioritarias contempladas en el citado convenio figura la medida 4a, que tiene como objetivo la renovación del parque automovilístico de vehículos, para, de esta forma, reducir el consumo de energía en ese ámbito.

Teniendo en cuenta el mencionado Plan 2000 E aprobado por el Gobierno de la Nación que persigue la sustitución de vehículos antiguos por otros nuevos menos contaminantes, la Comunidad Autónoma de Extremadura quiere contribuir con el compromiso asumido por el Gobierno y los fabricantes de vehículos, cofinanciando el citado Plan mediante la aportación de 500 euros por la compra de cada vehículo, lo que sin duda supondrá un elemento de dinamización de la actividad económica de la región.

Finalmente, dado que el Plan 2000 E configura estas subvenciones con el carácter de ayuda directa, procede aplicar el supuesto excepcional previsto en el artículo 41.Uno de la Ley 5/2008, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2009.

En virtud de lo expuesto, de conformidad con el artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejero de Industria, Energía y Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura en su sesión de 12 de junio de 2009,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.
  1. El objeto del presente Decreto es establecer el régimen de concesión directa de ayudas por parte de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la adquisición de vehículos de la categoría M1 (vehículos de motor con al menos cuatro ruedas diseñados y fabricados para el transporte de pasajeros) y de la categoría N1 (vehículos cuya masa máxima no supere las 3,5 toneladas, diseñados y fabricados para el transporte de mercancías).

  2. Las ayudas contempladas en el presente Decreto constituyen un complemento a las establecidas en el Real Decreto 898/2009, de 22 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos, Plan 2000 E, de apoyo a la renovación del parque de vehículos, de conformidad con lo que establece el artículo 10 del Real Decreto 898/2009, de 22 de mayo, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la adquisición de vehículos.

  3. Las ayudas a que se refiere este Decreto se concederán a las adquisiciones de vehículos que se realicen desde el 18 de mayo de 2009 hasta el 18 de mayo de 2010, o hasta el cumplimiento del objetivo cuantitativo fijado en el artículo 3.4.

Artículo 2 Adquisiciones subvencionables.
  1. Será objeto de subvención la adquisición de vehículos nuevos o de segunda mano de hasta 5 años de antigüedad de la categoría M1 o de la categoría N1, matriculados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que reúnan las siguientes características:

    1. Vehículos de turismo categoría M1:

      - Emisiones de CO2 no superiores a 120 gr/km, o

      - emisiones de CO2 no superiores a 149 gr/km y que además incorporen sistemas de control electrónico de estabilidad y detectores presenciales en plazas delanteras, o

      - emisiones de CO2 no superiores a 149 gr/km y que además incorporen un...

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