Decreto 215/2012, de 19 de octubre, por el que se modifica el Decreto 171/2006, de 3 de octubre, por el que se designa el organismo pagador de los gastos correspondientes al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, MEDIO AMBIENTE Y ENERGÍA

DECRETO 215/2012, de 19 de octubre, por el que se modifica el Decreto 171/2006, de 3 de octubre, por el que se designa el organismo pagador de los gastos correspondientes al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2012040236)

El Decreto 171/2006, de 3 de octubre, (DOE n.º 119, de 10 de octubre de 2006), designa el organismo pagador de los gastos correspondientes al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Con el fin de agilizar la gestión de la ayudas y la necesidad de garantizar una adecuada separación de las funciones de autorización y control de pagos, resulto necesario proceder a la modificación en el año 2010 del Decreto 171/2006, atribuyendo la función de autorización de pagos a cada uno de los servicios responsables de la gestión de las actuaciones del FEAGA y del FEADER y en este mismo sentido delegar la autorización y control de los pagos prevista en el artículo 5.1 en los servicios responsables de la gestión de las actuaciones FEADER que no pertenezcan a la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural, dicha modificación se realizó mediante la aprobación del Decreto 1/2010, de 14 de enero, (DOE n.º 12, de 20 de enero de 2010).

En la actualidad se hace necesaria una nueva modificación del Decreto, en base a que la actuación de la Administración se guía por una serie de principios, directamente recogidos en la Constitución o incorporados por la propia Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que pretenden que satisfaga los intereses que tiene encomendados de una forma eficaz. A través del diseño de la estructura de la Administración se busca el logro de un adecuado grado de eficacia y eficiencia, y son esas razones de eficiencia administrativa las que...

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