Decreto 82/2013, de 21 de mayo, por el que se crea la Comisión de Salud Ambiental de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Salud y Política Social
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIAL

DECRETO 82/2013, de 21 de mayo, por el que se crea la Comisión de Salud Ambiental de Extremadura. (2013040093)

La protección de la salud, desde la perspectiva comunitaria, ha sido siempre uno de los pilares fundamentales en las políticas de defensa del medio ambiente de la Unión Europea. Los Programas de Acción Comunitarios en el ámbito de la salud pública y en materia de medio ambiente, consideran el medio ambiente como factor determinante de la salud y establecen como objetivos tanto contribuir a un alto nivel de calidad de vida y bienestar social para los ciudadanos, como proporcionar un medio ambiente en el que los niveles de contaminantes de origen humano, no produzcan efectos o riesgos significativos sobre la salud humana.

La Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, establece que la sanidad ambiental tiene como funciones la identificación, la evaluación, la gestión y la comunicación de los riesgos para la salud que puedan derivarse de los condicionantes ambientales; la vigilancia de los factores ambientales de carácter físico, químico o biológico y de las situaciones ambientales que afectan o pueden afectar a la salud; así como la identificación de las políticas de cualquier sector que reducen los riesgos ambientales para la salud.

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, recoge entre los principios rectores de la actuación de los poderes públicos extremeños garantizar el derecho a la salud, siendo éste una de sus aspiraciones esenciales, junto con el objetivo de lograr un modelo de desarrollo sostenible y cuidar de la preservación y mejora de la calidad medioambiental. Para ello, atribuye a la Comunidad Autónoma de Extremadura, competencias de desarrollo normativo y ejecución en materia de sanidad y salud pública, así como en materia de medio ambiente, correspondiendo a la misma desarrollar, ejecutar y, en su caso, complementar la normativa del Estado, mediante la legislación propia de desarrollo, la potestad reglamentaria y la función ejecutiva.

Por su parte, la Ley 7/2011, de 23 de marzo, de Salud Pública de Extremadura, tiene por objeto regular las actuaciones, prestaciones y servicios en materia de salud pública que se desarrollen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, propiciando la coordinación y cooperación de los distintos organismos y Administraciones Públicas en sus respectivos ámbitos competenciales. Esta ley, recoge que la salud ambiental está constituida por el conjunto de habilidades y técnicas que las Administraciones Públicas, entidades, organismos y empresas ponen al servicio del ciudadano para garantizar la disminución o eliminación de los efectos perjudiciales que para la salud puedan causar las agresiones físicas, químicas o biológicas a las que la población está expuesta; así mismo, en su artículo 35 se prevé la creación de la Comisión de Salud Ambiental de Extremadura, como órgano administrativo colegiado de...

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