Decreto 216/2012, de 26 de octubre, por el que se regula el Diploma 'Legado de Extremadura'.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia de la Junta
Rango de LeyDecreto

IDISPOSICIONES GENERALES

PRESIDENCIA DE LA JUNTA

DECRETO 216/2012, de 26 de octubre, por el que se regula el Diploma "Legado de Extremadura". (2012040237)

La Comunidad Autónoma de Extremadura, por mandato expreso de su Estatuto de Autonomía, reformado por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, asume, a través de sus instituciones, la defensa de su propia identidad y de sus valores. Así, son elementos diferenciales de Extremadura, y han de orientar la actuación de los poderes públicos, la vitalidad de su reciente identidad colectiva, la calidad de su medio ambiente y su patrimonio cultural, el predominio del mundo rural, su proyección en Portugal e Iberoamérica, los condicionantes históricos de su desarrollo socioeconómico y la baja densidad de su población y su dispersión, entendida como dificultad relativa de acceso a los servicios y equipamientos generales.

La misma norma institucional básica de Extremadura exige de los poderes públicos el fomentar los valores de los extremeños y el afianzamiento de su identidad a través de la investigación, desarrollo y difusión de los rasgos sociales, históricos, lingüísticos y culturales de Extremadura en toda su variedad y extensión, con especial atención al rico patrimonio de las formas tradicionales de la vida de los pueblos, en un marco irrenunciable de pleno desarrollo socioeconómico rural.

En el contexto social actual, y dada la repercusión nacional e internacional que está generando la región extremeña, se hace necesario distinguir aquellas personas e instituciones que han sabido difundir o difundan entre diferentes generaciones de españoles y extranjeros el acervo social, histórico, lingüístico y cultural de Extremadura. Para ello se crea el diploma "Legado de Extremadura", que se otorgará atendiendo al ámbito geográfico donde dichas personas o instituciones desarrollan o han desarrollado su labor de difusión.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a iniciativa del Consejero de Administración Pública y a propuesta de la Presidencia de la Junta, previa deliberación del Consejo de Gobierno del día 26 de octubre de 2012,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.
  1. Constituye el objeto del presente Decreto la creación del diploma "Legado de Extre -madura", como reconocimiento que otorga la Junta...

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