Decreto 89/2015, de 12 de mayo, por el que se modifican las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE).

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración Pública y Hacienda
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DECRETO 89/2015, de 12 de mayo, por el que se modifican las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y de personal laboral del Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE). (2015040100)

Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a través del cual las Administraciones Públicas ordenan, planifican y declaran la dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los servicios que tienen encomendados.

La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, establece en su artículo 74 que las Administraciones Públicas estructurarán su organización a través de relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que están adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos.

En este mismo sentido, el Decreto Legislativo 1/1990, de 26 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de Extremadura dispone en su artículo 26 que las relaciones de puestos de trabajo actúan como el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal de acuerdo con las necesidades de los servicios, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.

El SEXPE es un organismo autónomo de carácter administrativo creado por Ley 7/2001, de 14 de junio, que se adscribe a la Consejería de Empleo, Mujer y Políticas Sociales, al que se le encomienda la gestión en materia de políticas activas de empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y que, con arreglo a lo previsto en el artículo 5 de la citada ley, se regirá por las disposiciones que para el personal laboral o funcionario se aplican en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la clasificación y el régimen de su personal.

Por medio del presente decreto se modifican pues...

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