Decreto 88/2018, de 19 de junio, por el que se modifica el Decreto 140/2017, de 5 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de proyectos innovadores por parte de los Grupos Operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Medio Ambiente y Rural, PolÍTicas Agrarias y Territorio
Rango de LeyDecreto

DECRETO 88/2018, de 19 de junio, por el que se modifica el Decreto 140/2017, de 5 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de proyectos innovadores por parte de los Grupos Operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola. (2018040102)

El Decreto 140/2017, de 5 de septiembre, estableció las bases reguladoras de las ayudas para la realización de proyectos innovadores por parte de los Grupos Operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola (DOE n.º 174, 11 de septiembre).

Las subvenciones que se otorguen al amparo de este decreto y que respondan a la naturaleza de ayudas al sector forestal se rigen por lo establecido en las Directrices de la Unión Europea aplicables a las ayudas estatales en los sectores agrícola y forestal y en las zonas rurales de 2014 a 2020 publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea Serie C n.º 204 de 1 de julio de 2014.

En la disposición adicional primera, relativa a las subvenciones que sean consideradas ayudas al sector forestal, del Decreto 140/2017, se establece que no se podrán convocar las ayudas al amparo de este decreto que sean consideradas ayudas al sector forestal sin que se haya obtenido la decisión de compatibilidad con el derecho de la Unión Europea por la Comisión Europea, y que en la concesión a los beneficiarios de ayudas al sector forestal se hará referencia al número de identificación de ayuda estatal asignado por la Comisión Europea.

El 18 de octubre de 2017, España notificó a la Comisión con el número SA.49360, de conformidad con el artículo 108, apartado 3, del TFUE, el régimen de ayudas antes citado. El 30 de octubre la Comisión solicitó información complementaria, la cual se le remitió el 27 de diciembre de2017. Tras la evaluación de este régimen de ayudas, la Comisión concluye el 12 de febrero de 2018, que el régimen notificado es compatible con el mercado interior con arreglo al artículo 107, apartado 3, letra c), del TFUE, en la Decisión de compatibilidad se recoge un extracto de las condiciones de aplicación del régimen de ayudas.

Con la modificación del Decreto 140/2017, de 5 de septiembre, se adaptan sus artículos 4 y 9 a las condiciones de la decisión de compatibilidad de este régimen de ayudas.

Del mismo modo, la gestión ordinaria de estas subvenciones ha puesto de manifiesto la necesidad de emprender ciertas modificaciones generales relativas al pago final y el...

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