Decreto 88/2017, de 20 de junio, por el que se modifica el Decreto 120/2016, de 2 de agosto, por el que establecen las bases reguladoras de las ayudas para facilitar la recuperación integral de las mujeres víctimas de violencia de género.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia de la Junta
Rango de LeyDecreto

DECRETO 88/2017, de 20 de junio, por el que se modifica el Decreto 120/2016, de 2 de agosto, por el que establecen las bases reguladoras de las ayudas para facilitar la recuperación integral de las mujeres víctimas de violencia de género. (2017040096)

El 8 de agosto de 2016, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura (DOE número 152), el Decreto 120/2016, de 2 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para facilitar la recuperación integral de las mujeres víctimas de violencia de género.

La primera convocatoria de tales ayudas se realizó mediante la publicación del Decreto del Presidente 23/2016, de 6 de septiembre, (DOE número 182).

Posteriormente, con fecha 13 de febrero de 2017, (DOE número 30), la Consejería de Sanidad y Políticas Sociales publicó el Decreto 13/2017, de 7 de febrero, de creación y régimen jurídico de la Bolsa de Viviendas para el alquiler asequible en Extremadura, que tiene el objetivo de captar viviendas desocupadas y proceder a su puesta en alquiler a un precio de arrendamiento asequible, con la finalidad de procurar que la propiedad de la vivienda, cuando esta se halle deshabitada, pueda cumplir su función social, posibilitando que los niveles de renta más necesitados de protección puedan acceder a una vivienda digna.

En consecuencia con lo anterior, y con la finalidad de llegar a un mayor número de mujeres víctimas de violencia de género, se considera necesario realizar una modificación puntual que afecta a los requisitos que se deben cumplir para ser beneficiarias de las ayudas reguladas en el Decreto 120/2016, de 2 de agosto.

De esta manera, se amplía el criterio de viviendas del parque público de Extremadura, de tal forma que podrán ser beneficiarias de las ayudas, además de las ya previstas, las mujeres víctimas de violencia de género que hayan accedido a la Bolsa de Viviendas para el al quiler asequible en Extremadura. Asimismo, razones de eficacia y eficiencia aconsejan prever que futuros programas que pueda regular y poner en marcha el departamento competente en materia de vivienda de la Junta de Extremadura, den respuesta a las necesidades de las víctimas de violencia de género, como beneficiarias de ayudas...

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