Decreto 88/2015, de 12 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar a entidades locales municipales de entre 5.000 a 25.000 habitantes, para la ejecución de proyectos de implantación, desarrollo, mejora, despliegue o ampliación de redes de fibra óptica en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN
Rango de LeyDecreto

I

DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN

DECRETO 88/2015, de 12 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar a entidades locales municipales de entre 5.000 a 25.000 habitantes, para la ejecución de proyectos de implantación, desarrollo, mejora, despliegue o ampliación de redes de fibra óptica en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria. (2015040099)

Europa 2020 es la estrategia de la Unión Europea para el crecimiento y el empleo. La Unión Europea tiene hasta el año 2020 inclusive para alcanzar cinco objetivos principales en los siguientes ámbitos: Empleo, investigación y desarrollo, clima/energía, educación, integración social y reducción de la pobreza.

Apoyan esos objetivos siete "iniciativas emblemáticas" que crean el marco en el que la UE y las Administraciones nacionales pueden aunar esfuerzos y reforzarse mutuamente en áreas relacionadas con las prioridades de Europa 2020: innovación, economía digital, empleo, juventud, política industrial, pobreza y uso eficiente de los recursos.

Una de esas iniciativas es la Agenda Digital Europea, consistente en un plan puesto en marcha por la Comisión Europea para facilitar y promover el uso de las TIC, así como fomentar por un lado los servicios basados en internet, y por otro la instalación, despliegue y consolidación de redes de telecomunicaciones en municipios, con el fin de acelerar el desarrollo y despliegue de las tecnologías necesarias para alcanzar los objetivos fijados en la misma, entre los que se encuentra promover el acceso a internet y su utilización por todos los ciudadanos europeos, especialmente mediante actividades que apoyen la alfabetización digital y la accesibilidad, y el acercamiento de la Administración a la ciudadanía a través de las TIC. Así, se ha puesto de manifiesto que la clave del futuro beneficio económico y social pasa por el desarrollo de las TIC en el contexto de un mercado único digital.

Para ello, los Estados miembros en sus respectivos niveles necesitarán elaborar estrategias para una internet de alta velocidad y centrar la financiación pública, incluidos los fondos estructurales, en ámbitos no cubiertos totalmente por las inversiones privadas, establecer un marco jurídico para coordinar las obras públicas y reducir los costes de ampliación de las redes, así como promover el despliegue y uso de servicios en línea modernos (por ejemplo: Administración electrónica, salud en línea, hogar inteligente, cualificaciones digitales, seguridad).

Por su parte, la Agenda Digital para España plantea la necesidad de adaptar las políticas públicas, para continuar avanzando en la trayectoria de transformación y modernización de la economía y la sociedad española, y contribuir al aumento de la competitividad y la generación de empleo y bienestar.

A nivel autonómico la Agenda Digital para Extremadura es un proyecto integrador, sostenible e inteligente que establece la hoja de ruta de la política de implementación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en los próximos años en la región, para alcanzar una mayor competitividad y una mejor respuesta a los retos sociales (generación de riqueza y creación de empleo) en la era digital y en el horizonte temporal del próximo periodo de programación europeo 2014-2020 y está, a su vez, en la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente (RIS3).

La RIS3 de Extremadura (2014-2020) es una agenda integrada para la trasformación económica de la región a través de la promoción del liderazgo científico y tecnológico de nuestra región en aquellos sectores en los cuales existe un alto potencial de crecimiento, orientando sus actividades hacia áreas prioritarias o de especialización tales como la agroalimentación, las energías limpias, el turismo, la salud y las TIC.

En consonancia con las políticas europeas y en aprovechamiento de las infraestructuras de telecomunicaciones existentes, es de interés para la Junta de Extremadura contar con otras entidades públicas para alcanzar los objetivos marcados en la Agenda Digital y que le permitan avanzar en la estrategia para la creación de un entorno de emprendimiento basado en la Innovación y dotar de mayor competitividad a las Administraciones públicas. En este contexto, y en atención a la importancia que estas inversiones pueden tener en el desarrollo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, desde la Junta de Extremadura se pretende facilitar que las Administraciones locales promuevan los despliegues de infraestructuras de telecomunicaciones, fomentando la interconexión de las Administraciones entre sí. En definitiva, se persigue avanzar hacia la integración de los sistemas, redes y servicios que soportan tecnológicamente la cada vez mayor interrelación entre las Administraciones, y favorecer el aprovechamiento de las redes de conectividad ciudadana y el intercambio de datos entre los ciudadanos y las instituciones públicas.

Con el impulso del despliegue de infraestructuras de telecomunicaciones en el ámbito local, se pretende mejorar la conectividad y fomentar la sociedad de la información, ya que sin infraestructuras de telecomunicaciones no hay sociedad de la información y, por tanto, se limita enormemente, tanto la modernización de la Administración pública, como la evolución de los servicios que ésta debe prestar a la sociedad y, en definitiva, la mejora del bienestar de la ciudadanía.

Es de interés tanto para las Administraciones locales como para las autonómicas la ejecución de estos proyectos, al suponer un ahorro neto de recursos, puesto que el despliegue de infraestructura de telecomunicaciones les va a permitir conectar sedes administrativas dispersas, que de otra forma supondría un gran coste que les resultaría difícil asumir, así como gestionar estas redes en modo de autoprestación, no teniendo que recurrir así a ningún operador externo.

En este contexto, surgió el Decreto 274/2014, de 22 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a entidades locales municipales para la ejecución de proyectos de implantación, desarrollo, mejora, despliegue o ampliación de redes de fibra óptica en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuyas ayudas fueron destinadas a los principales municipios de nuestra Comunidad Autónoma, considerándose como tales aquellos cuyas poblaciones superan los 25.000 habitantes, por representar el conjunto de estos

municipios más de un tercio de la población de la Comunidad Autónoma de Extremadura, lo que permitía llegar a un mayor número de ciudadanos.

En el mismo contexto, con el objetivo de continuar con la misma línea de ayudas destinadas a que las Administraciones locales promuevan los despliegues de infraestructuras de telecomunicaciones, fomentando la interconexión de las Administraciones entre sí, puesto que sigue existiendo la necesidad de ejecutar este tipo de proyectos, surge este decreto dando prioridad en esta ocasión a los municipios de entre 5.000 y 25.000 habitantes, que engloban aproximadamente un 24 % del total de la población de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que accederán a las ayudas derivadas de la presente medida en régimen de concurrencia competitiva, mediante convocatoria periódica, existiendo un único criterio objetivo que es el del número de habitantes censados en cada municipio, y crédito suficiente para atender a todas las solicitudes.

Con esta medida se pretende llegar al mayor porcentaje de población posible y continuar con la mejora de la conectividad entre ambas Administraciones con una conexión más rápida, de mejor calidad, mayores garantías, facilitando el ejercicio de sus competencias, posibilitando una mayor eficacia y eficiencia y en definitiva prestando un mejor servicio a los ciudadanos.

La principal finalidad de esta medida es dotar a las Administraciones públicas de Extremadura de infraestructura suficiente para prestar servicios de telecomunicaciones a los ciudadanos relacionados con la e-administración y la implantación de una infraestructura pública de servicios destinados a los centros tecnológicos, educativos, universidad, administraciones locales, etc., así como seguir avanzando en la estrategia para alcanzar los objetivos fijados en las Agendas digitales para 2020 y dar cumplimiento a la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente (RIS3), creando así un entorno de emprendimiento basado en la Innovación y dotar de mayor competitividad a las Administraciones públicas.

La consecución de los objetivos marcados en la Agenda Digital de Extremadura plasmados en la ejecución de la batería de acciones agrupadas en grupos temáticos para el período 2014-2020 están encaminados a mejorar los indicadores de penetración TIC en ciudadanos, por un lado, en el acercamiento de la Administración pública y la ciudadanía a través de procesos telemáticos y en la mejora de la competitividad de las empresas extremeñas.

En definitiva, se persigue avanzar hacia la integración de los sistemas, redes y servicios que soportan tecnológicamente la cada vez mayor interrelación entre las Administraciones, y favorecer el aprovechamiento de las redes de conectividad ciudadana y el intercambio de datos entre los ciudadanos y las instituciones públicas.

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en sus artículos 9.1.7 y 9.1.23, atribuye a esta Comunidad Autónoma las competencias exclusivas en materia de fomento del desarrollo económico y social de la Comunidad Autónoma, y del régimen de las nuevas tecnologías de la información y comunicación.

En concreto la Consejería de Economía...

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