Decreto 72/2015, de 21 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la implantación, desarrollo, mejora, despliegue o ampliación de infraestructuras de telecomunicaciones en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN

DECRETO 72/2015, de 21 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la implantación, desarrollo, mejora, despliegue o ampliación de infraestructuras de telecomunicaciones en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas. (2015040081)

Europa 2020 es la estrategia de la Unión Europea para el crecimiento y el empleo. La Unión Europea tiene hasta el año 2020 inclusive para alcanzar cinco objetivos principales en los siguientes ámbitos: empleo, investigación y desarrollo, clima/energía, educación, integración social y reducción de la pobreza.

Apoyan esos objetivos siete "iniciativas emblemáticas" que crean el marco en el que la UE y las administraciones nacionales pueden aunar esfuerzos y reforzarse mutuamente en áreas relacionadas con las prioridades de Europa 2020: innovación, economía digital, empleo, juventud, política industrial, pobreza y uso eficiente de los recursos.

Una de esas iniciativas es la Agenda Digital Europea, consistente en un plan puesto en marcha por la Comisión Europea para facilitar y promover el uso de las TIC, así como fomentar por un lado los servicios basados en Internet, y por otro la instalación, despliegue y consolidación de redes de telecomunicaciones en municipios, con el fin de acelerar el desarrollo y despliegue de las tecnologías necesarias para alcanzar los objetivos fijados en la misma, entre los que se encuentra poner la banda ancha básica a disposición de todos los europeos y garantizar que en 2020: i) todos los europeos tengan acceso a Internet a velocidades muy superiores a 30 Mbps; ii) el 50 % o más de los hogares europeos estén abonados a conexiones a Internet superiores a 100 Mbps. Así, se ha puesto de manifiesto que la clave para un crecimiento inteligente, sostenible e inclusivo depende de un acceso generalizado y asequible a infraestructuras y servicios de Internet de alta velocidad.

Por su parte, la Agenda Digital para España plantea la necesidad de adaptar las políticas públicas, para continuar avanzando en la trayectoria de transformación y modernización de la economía y la sociedad española, y contribuir al aumento de la competitividad y la generación de empleo y bienestar.

A nivel autonómico la Agenda Digital para Extremadura es un proyecto integrador, sostenible e inteligente que establece la hoja de ruta de la política de implementación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en los próximos años en la región, destacando entre sus acciones propuestas el fomento del despliegue e implantación de operadores de telecomunicaciones, para prestar servicios de telecomunicaciones en zonas aisladas con escasa conectividad, y alcanzar una mayor competitividad y una mejor respuesta a los retos sociales (generación de riqueza y creación de empleo) en la era digital y en el horizonte temporal del próximo periodo de programación europeo 2014-2020 y está, a su vez, en la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente (RIS3).

La RIS3 de Extremadura (2014-2020) es una agenda integrada para la trasformación económica de la región a través de la promoción del liderazgo científico y tecnológico de nuestra

región en aquellos sectores en los cuales existe un alto potencial de crecimiento, orientando sus actividades hacia áreas prioritarias o de especialización tales como la agroalimentación, las energías limpias, el turismo, la salud y las TIC.

En este contexto Extremadura ha de asumir el reto de crear en su ámbito territorial un entorno favorable a la inversión privada que permitirá una ágil modernización y renovación de las redes existentes de telecomunicaciones y facilite a los operadores de telecomunicaciones el despliegue de nuevas infraestructuras dotadas de la tecnología más avanzada, extendiendo la banda ancha de alta velocidad (30 Mbps o superior) y de muy alta velocidad (100 Mbps o superior) para alcanzar los objetivos de cobertura fijados por la Unión Europea para 2020 en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

En consonancia con las políticas europeas y en aprovechamiento de las infraestructuras de telecomunicaciones existentes, es de interés para la Junta de Extremadura contar con las infraestructuras de banda ancha de alta velocidad y de muy alta velocidad, que permitan alcanzar los objetivos marcados en la Agenda Digital y que permitan avanzar en la estrategia para la creación de un entorno de emprendimiento basado en la innovación y dotar de mayor competitividad a los operadores de telecomunicaciones. En este contexto y en atención a la importancia que estas inversiones pueden tener en el desarrollo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, desde la Junta de Extremadura se pretende facilitar que los operadores promuevan los despliegues de infraestructuras de telecomunicaciones, fomentando la interconexión del territorio. En definitiva, se persigue avanzar hacia la integración de los sistemas, redes y servicios que soportan tecnológicamente la cada vez mayor interrelación y favorecer el aprovechamiento de las redes de conectividad ciudadana y el intercambio de datos entre los ciudadanos.

Con el impulso del despliegue de infraestructuras de telecomunicaciones en el ámbito autonómico, se pretende mejorar la conectividad y fomentar la sociedad de la información, ya que sin infraestructuras de telecomunicaciones no hay sociedad de la información y, por tanto, se limita enormemente, tanto la modernización, y la evolución de los servicios que los operadores deben prestar a la sociedad y, en definitiva, la mejora del bienestar de la ciudadanía.

Atendiendo a las Directrices de la Unión Europea para la aplicación de las normas sobre ayudas estatales al despliegue rápido de redes de banda ancha (2013/C 25/01) (Diario Oficial de la Unión Europea, de 26 de enero de 2013), se requiere información de todas las partes interesadas (operadores, administraciones públicas y otros agentes) para definir la existencia en Extremadura de infraestructuras de las redes NGA, a efectos de obtener un mapa detallado para poder realizar el análisis de la cobertura y la disponibilidad de las mismas. Por ello, el pasado 31 de julio de 2013 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura la Resolución de 16 de julio de 2013, de la Secretaría General de Ciencia y Tecnología, por la que se aprueba la apertura de una consulta pública a fin de obtener los resultados que permitan conocer dicha disponibilidad y evaluar las necesidades de inversión para el mejor despliegue de infraestructuras y servicios de banda ancha ultrarrápida y de banda ancha tradicional en Extremadura.

En dicha consulta se concedió un plazo de dos meses para la identificación de las entidades de población que, en la actualidad o en los próximos tres años, disponen o van a disponer de redes de banda ancha de alta velocidad y de muy alta velocidad en Extremadura.

Los resultados obtenidos en la consulta pública efectuada, han permitido conocer la disponibilidad de infraestructuras en Extremadura actualmente y dentro de los próximos 3 años, para evaluar las necesidades de intervención de conformidad con las citadas Directrices de la Unión Europea y definir las posibles actuaciones e inversiones a realizar en Infraestructuras de Telecomunicaciones en la Comunidad Autónoma de Extremadura para los próximos años.

La única respuesta válida recibida a esta consulta ha sido la realizada por Vodafone, y la información recibida ha servido de base para la elaboración de un mapa detallado y un análisis de cobertura sobre la disponibilidad de redes de banda ancha básica y redes de acceso de nueva generación en la Comunidad Autónoma de Extremadura. En dicho mapa se aprecia que la mayor parte del territorio de nuestra Comunidad Autónoma es zona blanca, puesto que Vodafone sólo opera en determinados puntos del mapa, ofreciendo cobertura de acceso a Internet de banda ancha básica mediante redes xDSL y con 3,5G, no alcanzando estas redes capacidades suficientes para llegar a 30 Mbps o superior (alta velocidad) o 100 Mbps o superior (muy alta velocidad).

Como consecuencia de lo anterior, se desprende que el mapa resultante de la consulta a efectos de redes de alta velocidad y muy alta velocidad es totalmente blanco, no existiendo oferta ni previsión de ofertas respecto a las redes de acceso de nueva generación NGA, siendo poco probable que se desarrolle en un futuro próximo. Por tanto en la Comunidad Autónoma de Extremadura, existe un déficit de cobertura que hace necesario que se incentive el despliegue tanto de redes de acceso de banda ancha de alta velocidad (30 Mbps o superior) y de muy alta velocidad (100 Mbps o superior).

De conformidad con las citadas Directrices de la Unión Europea, el mapa detallado y el análisis de la cobertura elaborados gracias a la información suministrada, son los instrumentos esenciales para definir la existencia de zonas blancas, grises y negras, y en consecuencia habilitan a la Junta de Extramadura para la puesta en marcha de medidas que fomenten el despliegue de redes de banda ancha de alta velocidad (30 Mbps o superior) y de muy alta velocidad (100 Mbps o superior).

El presente decreto cumple la normativa europea sobre ayudas de estado pues se encuadra dentro de las categorías de ayuda («ayudas para infraestructuras de banda ancha») estando exento de la obligación de notificación establecida en el artículo 52.1 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado...

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