Decreto 45/2016, de 12 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la financiación de contratos predoctorales para formación de Doctores en los centros públicos de I+D pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de EconomÍA e Infraestructuras
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA E INFRAESTRUCTURAS

DECRETO 45/2016, de 12 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la financiación de contratos predoctorales para formación de Doctores en los centros públicos de I+D pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación. (2016040052)

La Comunidad Autónoma de Extremadura se ha sumado en su apuesta por la Innovación, como factor clave del desarrollo, a la ejecución de políticas estratégicas en I+D+i que sirven de instrumento para articular y poner en marcha la transformación económica necesaria de una región.

En el marco de la Estrategia Europea 2020, la región extremeña ha elaborado la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente (RIS3 Extremadura), como patrón de implementación, para asumir nuevos retos en los ámbitos de actuación de la Cultura, Talento, Tejido Empresarial e Infraestructuras.

En el ámbito del Talento, mantiene como Reto 2 "Consolidar una sociedad del conocimiento basada en las personas, y que se constituya como polo de talento", Línea Estratégia 1 "Atracción, desarrollo y retención del Talento", Programa de Actuación 1.6 "Desarrollo de la carrera profesional de investigadores y tecnólogos".

Este reto conecta con el Programa Regional de Promoción e Incorporación de Talento y su Empleabilidad que contempla en su estructura el V Plan Regional de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (2014-2017), aprobado mediante Decreto 243/2013, de 30 de diciembre. Sus modalidades de participación se orientan a incrementar cualitativa y cuantitativamente los recursos humanos dedicados a la realización y gestión de la I+D+i y a potenciar el desarrollo de una carrera investigadora que permita la consolidación de éstos en el Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (en adelante SECTI).

En este sentido, este decreto establece las bases reguladoras de las ayudas para la formación de doctores en los centros públicos de I+D pertenecientes al SECTI, y deroga el Capítulo I del Título II del Decreto 148/2012, de 27 de julio, por el que se establece las bases reguladoras de las ayudas en materia de formación e incorporación de personal investigador y tecnólogos a los centros de investigación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se realiza la convocatoria de ayudas para el ejercicio económico 2012, modificado por Decreto 213/2014, de 16 de septiembre. Estas ayudas nacen con una clara vocación innovadora, asociada a la habilidad de generar ideas y trasladarlas con éxito al mercado, transformar el conocimiento en empleo, riqueza y bienestar y proyectar, en suma, el talento investigador en Extremadura.

Asimismo, se suman a las medidas contempladas en el Plan de Retorno Capital Joven de la Junta de Extremadura, en su apuesta hacia la búsqueda de nuevas oportunidades para la población joven extremeña, que frenen el éxodo y posibiliten la incorporación de talento como motor de cambio e impulso económico y social en la región.

Por otra parte, este decreto se adecua a lo previsto en el marco del desarrollo normativo de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, a través del Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que contempla en el artículo 3, apartado b), el principio de simplificación administrativa, entendido como el rediseño funcional de los procedimientos implementados a través del régimen de administración electrónica, con el objeto de reducir plazos y trámites así como cargas administrativas para los ciudadanos.

De conformidad con esta normativa, y atendiendo a la capacidad técnica y el acceso a los medios tecnológicos que tienen los solicitantes y candidatos predoctorales a los que va dirigido la presente ayuda, se da por cumplido los dispuesto en el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, por lo que el medio idóneo para la notificación es a través de los medios electrónicos.

La financiación de las ayudas que se regulan en este decreto se realizará, siempre que sea posible, con cargo al Programa Operativo del Fondo Social Europeo -FSE- de Extremadura, correspondiente al periodo de programación 2014-2020. Las acciones se encuentran previstas en dicho Programa Operativo, dentro del Objetivo Temático 10 "Invertir en educación, formación y formación profesional para la adquisición de capacidades y un aprendizaje permanente", Prioridad de Inversión 10.2 "La mejora de la calidad, la eficacia, la accesibilidad de la educación superior y ciclos equivalentes con el fin de mejorar la participación y el nivel de instrucción especialmente para los grupos desfavorecidos" y el Objetivo Específico 10.2.1. "Aumentar el número de los alumnos de postgrado que obtienen formación en el ámbito de la I+D+i, fomentando el desarrollo de actividades en red con centros tecnológicos, de investigación y empresas, con énfasis en la participación de mujeres". El porcentaje de financiación del FSE será de un 80%.

En virtud de lo expuesto, y de conformidad con las atribuciones que me confieren los artículos 36.f) y 92.1) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y el artículo 23 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de fecha 12 de abril de 2016,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.
  1. El objeto del presente decreto es establecer las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de jóvenes titulados universitarios bajo la modalidad de contrato predoctoral, contempladas dentro del Programa Regional de Promoción e Incorporación de Talento y su Empleabilidad del V Plan Regional de I+D+i (2014-2017) aprobado por Decreto 243/2013, de 30 de diciembre (DOE núm 5, de 9 de enero), destinados a la formación de doctores para la realización de una tesis doctoral.

  2. El proyecto de tesis doctoral deberá versar sobre algunas de las prioridades científicotécnicas y sociales establecidas en el V Plan Regional de I+D+i, distribuidas en dos bloques: Investigación Básica e I+D+i Orientada y Aplicada. En este último caso en los

siguientes sectores: Agroalimentación, Gestión de Recursos Naturales, Turismo, Cultura y Sociedad, Salud, Energía y Producción Industrial y Tecnología de la Información y de las Comunicaciones.

Artículo 2 Requisitos de los beneficiarios.
  1. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los agentes del SECTI siguientes:

    * Universidad de Extremadura.

    * Centros públicos de I+D de Extremadura.

  2. Los beneficiarios deberán acreditar que no se hallan incursos en ninguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impiden obtener la condición de beneficiario.

Artículo 3 Requisitos del candidato predoctoral.

Podrán ser candidatos predoctorales los titulados universitarios de nacionalidad española que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Estar en posesión del título de licenciado, ingeniero, arquitecto, graduado de al menos 300 créditos ECTS (European Credit Transfer System). En caso de que los créditos ECTS sean inferiores a 300, debe estar en posesión de un máster universitario oficial que le permita el acceso a un programa de doctorado, de acuerdo con la ordenación académica aplicable. Ambos supuestos se han cumplir en el momento de la presentación de la solicitud de la ayuda.

  2. No haber transcurrido más de cuatro cursos académicos desde la finalización de los estudios por los que se opta a la ayuda, respecto al curso vigente en el plazo de presentación de solicitudes. A excepción de aquellos candidatos que estén en posesión del Título Oficial de Especialidad Médica (MIR), farmacéutica (FIR), o cuenten con el Certificado Oficial de Especialidad en Biología (BIR), Química (QUIR), o Psicología (PIR), que se amplía el plazo de finalización de sus estudios a los últimos seis cursos académicos.

  3. Estar matriculado o admitido en un programa de doctorado en la Universidad de Extremadura, en la fecha de la formalización del contrato.

  4. No podrán participar quienes estén en posesión del título de Doctor, por cualquier Universidad española o extranjera.

  5. Ser demandante de empleo en el momento de la...

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