DECRETO 47/2002, de 30 de abril, por el que se regula la Comisión de Secretarios Generales.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia de la Junta
Rango de LeyDecreto

DECRETO 47/2002, de 30 de abril, por el que se regula la Comisión de Secretarios Generales.

De conformidad con lo establecido en el artículo 7.1.1 y 29 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado por Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en el ámbito de la organización de sus instituciones de autogobierno y el procedimiento administrativo derivado de las especialidades de la organización propia.

Aprobada la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de Comunidad Autónoma de Extremadura, adaptada a las modificaciones operadas en el Estatuto de Autonomía y en la normativa básica estatal sobre régimen jurídico de las Administraciones Públicas, se contemplan en la misma, además, aspectos no regulados en la hasta ahora vigente Ley 2/1984, de 7 de junio, tales como el procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general, el régimen aplicable a los órganos colegiados, el régimen jurídico de los actos administrativos, los procedimientos administrativos y la regulación relativa a los organismos públicos. Dentro de estas novedades destaca, respecto a la normativa anterior, la existencia de órganos de apoyo y colaboración de

Notificaciones.-- Anuncio de 22 de abril de 2002, sobre notificación de Acuerdo de Iniciación y Pliego de Cargos de expediente sancionador a Artel, S.L. .......

Notificaciones.-- Anuncio de 22 de abril de 2002, sobre notificación de Propuesta de Resolución de expediente sancionador a D. Domingo Pérez Andrino .......

Notificaciones.-- Anuncio de 22 de abril de 2002, sobre notificación de Acuerdo de Iniciación y Pliego de Cargos de expediente sancionador a D. José Ángel Martínez Matamoros .............................................................

Consejería de Trabajo

Asociaciones. Estatutos.-- Anuncio de 9 de abril de 2002, relativo a depósito de los Estatutos de la asociación denominada 'Asociación de Empresarios de Ahillones', expte.: 06/603 ....................................................

Asociaciones. Estatutos.-- Anuncio de 15 de abril de 2002, de acuerdo de admisión a depósito de Estatutos de la organización 'Asociación de Centros de Enseñanza, Forma-T'. (Expediente número CA/151) ...........

Ayuntamiento de Aceuchal

Pruebas selectivas.-- Anuncio de 4 de abril de 2002, sobre convocatoria para cubrir en propiedad mediante el sistema de oposición libre dos plazas de Agente de la Policía Local ...................................................

Ayuntamiento de Don Benito

Urbanismo.-- Edicto de 17 de abril de 2002, sobre Estudio de Detalle en la calle Alcollarín c/v a calle Guadámez ..............................................................................

Ayuntamiento de Madrigalejo

Normas subsidiarias.-- Anuncio de 22 de abril de 2002, sobre modificación de las Normas Subsidiarias ..........................................................................

Agencia Tributaria. Delegación Especial de Madrid

Notificaciones.-- Anuncio de 26 de marzo de 2002, sobre notificación por comparecencia de la providencia de apremio ................................................................

Agencia Tributaria. Delegación de Valladolid

Notificaciones.-- Anuncio de 12 de abril de 2002, sobre notificación por comparecencia de la providencia de apremio ................................................................

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La Comisión de Secretarios Generales es el órgano permanente de coordinación general encargado de preparar las deliberaciones y acuerdos del Consejo de Gobierno. Le corresponderán, asimismo, las funciones de deliberación sobre los asuntos que se sometan a su consideración por parte de sus integrantes, por razón de su especial relevancia para la Junta de Extremadura o por afectar a varias de sus Consejerías.

Artículo 2 Composición.
  1. La Comisión de Secretarios Generales la integran el Vicepresidente, si lo hubiere, o el Vicepresidente 1º, si hubiera varios, los Consejeros que ejerzan las funciones de Presidencia y Economía y Hacienda...

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