Decreto 295/2015, de 13 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las Federaciones Deportivas de Extremadura para el desarrollo de los Juegos Deportivos Extremeños y de los Juegos Extremeños del Deporte Especial durante la temporada 2015/2016.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación y Empleo
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

DECRETO 295/2015, de 13 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a las Federaciones Deportivas de Extremadura para el desarrollo de los Juegos Deportivos Extremeños y de los Juegos Extremeños del Deporte Especial durante la temporada 2015/2016. (2015040324)

La Constitución española incluye entre los Principios Rectores de la Política Social y Económica que deben presidir la actuación de nuestros poderes públicos el fomento de la educación física y el deporte. Posteriormente, al regular en su Título VIII la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas, reconoce a éstas la posibilidad de asumir competencia exclusiva para la "Promoción del deporte y una adecuada utilización del ocio" (artículo 148.1.19).

En el ejercicio de esta habilitación constitucional, el Estatuto de Autonomía de Extremadura atribuye a la Comunidad Autónoma, en su artículo 9.1.46, competencia exclusiva en materia de "Deporte. Promoción, regulación y planificación de actividades y equipamientos deportivos y otras actividades de ocio".

La Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura, dispone en su artículo 3, entre sus principios básicos, tanto "la promoción y el desarrollo del deporte y la actividad física en todos los ámbitos educativos y sociales, prestando especial atención al carácter formativo del deporte en edad escolar" (artículo 3.2), como "la promoción y la atención de la actividad físico-deportiva en los sectores sociales más necesitados, en especial para las personas disminuidas y la tercera edad" (artículo 3.3).

Según lo dispuesto en el Decreto del Presidente 16/2015, de 6 de julio, por el que se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las competencias en materia de deportes en el gobierno regional son ostentadas por la Consejería de Educación y Empleo y, dentro de ella, por la Dirección General de Deportes, de conformidad con el Decreto 264/2015, de 7 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo y se modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo.

Los Juegos Deportivos Extremeños -Factoría Olímpica/Promoción al Deporte Escolar (PROADES)-, en adelante JUDEX, y los Juegos Extremeños del Deporte Especial, en adelante JEDES, constituyen una manifestación práctica del cumplimiento de los citados principios básicos de la Ley 2/1995 en nuestra Comunidad Autónoma, ya que constituyen la principal actividad de promoción del deporte escolar y del deporte de las personas discapacitadas en nuestra región.

La filosofía que inspira el programa JUDEX gira en torno a la consideración del deporte en edad escolar como un elemento formativo y educativo, y esta idea se sitúa por encima de cualquier otro planteamiento o diseño de competición y se manifiesta en el compromiso de todos los implicados en el programa de respetar el juego limpio, la deportividad y los valores educativos del deporte.

Por su parte, los JEDES se ofrecen a todos los deportistas extremeños que, inscritos en un club deportivo o entidad de actividad físico-deportiva formalmente constituida en Extremadura, tengan algún tipo de discapacidad, ya sea intelectual, física y/o parálisis cerebral o sensorial. Los JEDES se configuran como un programa de promoción de las actividades físicas y deportivas para personas con discapacidad que facilita, a su vez, la convivencia entre los deportistas con diversidad funcional.

Nos encontramos ante dos programas ejemplares, con una gran trascendencia a nivel regional, que requieren la participación activa de muchas entidades y colectivos extremeños, como los centros escolares, las entidades locales, las asociaciones de discapacitados, clubes, voluntarios, asociaciones deportivas y árbitros. Con una participación superior a los cuarenta y dos mil deportistas en la temporada pasada, los JUDEX/JEDES exigen una esmerada coordinación y una planificación que se ha ido perfeccionando a lo largo de las ediciones celebradas hasta la fecha, treinta y tres de los JUDEX y treinta y una de los JEDES.

Las federaciones son asociaciones privadas sin ánimo de lucro, de utilidad pública, integradas por una amplia variedad de entidades deportivas y colectivos relacionados con la actividad física y el deporte. Las federaciones, además de las atribuciones que les son propias y que asumen en sus respectivos estatutos, ejercen por delegación funciones públicas de carácter administrativo, actuando como agentes colaboradores de la Administración. La Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura, en su artículo 30, señala una serie de funciones de carácter general que ejercerán bajo la coordinación y tutela del órgano competente en materia de deportes de la Administración regional; entre tales funciones caben destacar la de colaborar con la Administración regional en el desarrollo del deporte en edad escolar y la de promover y difundir, en el ámbito de la Comunidad Autónoma, la modalidad deportiva correspondiente.

Esta función de colaboración es imprescindible ya que son las federaciones las que técnicamente están capacitadas para desarrollar un programa deportivo de tales dimensiones, pues son las que ostentan las competencias en materia de arbitraje (los estamentos arbitrales forman parte de las mismas), las que aprueban los correspondientes reglamentos deportivos y las que colaboran en la organización y desarrollo de las competiciones oficiales, tanto las promovidas por las propias federaciones como por el Consejo Superior de Deportes, de ámbito nacional e internacional. En definitiva, las Federaciones se configuran como los agentes colaboradores naturales de la Administración deportiva de la Comunidad Autónoma y son las únicas entidades con capacidad organizativa para el correcto desarrollo de los juegos y con competencias en cada una de las modalidades deportivas ofertadas en la edición de los JUDEX-JEDES 2015/2016.

Por tanto, el desarrollo de los JUDEX y JEDES es una actividad ejecutada conjuntamente por la Administración y las federaciones deportivas en el ejercicio de las competencias concurrentes en materia de promoción del deporte escolar que ambas ostentan y cuyos resultados pertenecen a ambas entidades y, en particular, a las Federaciones, para las que el desarrollo de los juegos en la modalidad deportiva correspondiente se configura como la principal actividad de promoción deportiva de la temporada y el principal instrumento de difusión de dicha modalidad deportiva.

La Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura (en adelante, Ley 6/2011, de 23 de marzo) permite, en su artículo 22.4.c), la posibili-

dad de conceder de forma directa y con carácter excepcional, entre otras, aquellas subvenciones en las que concurran razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. Según lo dispuesto en el artículo 32.1 d) de dicha Ley, estas subvenciones serán acordadas de forma singular mediante decreto del Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería correspondiente y previo informe favorable de la Consejería competente en materia de hacienda.

A través del presente decreto se acuerdan las subvenciones que, en régimen de concesión directa, podrán solicitar las federaciones deportivas extremeñas que desarrollan las modalidades deportivas señaladas en la Resolución de 31 de julio de 2015, de la Directora General de Deportes por la que se establecen las pautas por las que han de regirse los Juegos Deportivos Extremeños -Factoría Olímpica-, en su trigésimo cuarta edición, y los Juegos Extremeños del Deporte Especial, en su trigésima segunda edición, en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante la temporada 2015-2016 (DOE n.º 157, de 14 de agosto), modificada por la Resolución de 28 de agosto de 2015 (DOE n.º 182, de 21 de septiembre).

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en sesión celebrada el 13 de noviembre de 2015.

D I S P O N G O :

Artículo 1 Objeto.
  1. El presente decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones a las Federaciones Deportivas Extremeñas para el desarrollo de las modalidades deportivas señaladas en la Resolución de 31 de julio de 2015, de la Directora General de Deportes por la que se establecen las pautas por las que han de regirse los Juegos Deportivos Extremeños -Factoría Olímpica-, en su trigésimo cuarta edición, y los Juegos Extremeños del Deporte Especial, en su trigésima segunda...

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