Decreto 291/2015, de 13 de noviembre, que modifica el Decreto 149/2013, de 6 de agosto, por el que se regulan la jornada y horarios de trabajo, los permisos y las vacaciones del personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Fecha de Entrada en Vigor17 de Noviembre de 2015
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración Pública y Hacienda
Rango de LeyDecreto

I

DISPOSICIONES GENERALES Artículo Único

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

DECRETO 291/2015, de 13 de noviembre, que modifica el Decreto 149/2013, de 6 de agosto, por el que se regulan la jornada y horarios de trabajo, los permisos y las vacaciones del personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2015040320)

El Decreto 149/2013, de 6 de agosto, por el que se regulan la jornada y horarios de trabajo, los permisos y las vacaciones del personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se dicta como consecuencia de la necesidad de adaptar las normas internas de carácter reglamentario de nuestra Comunidad Autónoma para incorporar todas las medidas aprobadas por el Estado fundamentalmente en el Real DecretoLey 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, así como el Decreto-Ley 2/2012, de 8 de octubre, para la implementación en la Comunidad Autónoma de Extremadura de las medidas de reordenación y racionalización de las Administraciones Públicas y el Decreto-Ley 1/2012, de 25 de junio, de medidas urgentes para contención del gasto público y la adaptación del funcionamiento de los servicios públicos a la realidad económica y social de Extremadura.

No obstante, la aprobación del Real Decreto-Ley 10/2015, de 11 de septiembre, por el que conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía, dictado al amparo del título competencial 149.1 de la Constitución Española, contiene nuevas e importantes medidas para los empleados públicos, que hace necesario modificar el Decreto 149/2013, de 6 de agosto, para incorporar al ámbito autonómico las medidas contenidas en la normativa estatal que no resultan de aplicación directa; y asimismo, por razones de buena técnica legislativa se incorpora en la citada modificación la nueva redacción del artículo 48. k) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que resulta de aplicación directa.

A través de la presente norma se pretende homogeneizar el régimen de permisos para los empleados...

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