Decreto 275/2014, de 22 de diciembre, por el que se crea el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura y se regula la implantación del Curriculum Vitae Normalizado de I+D+i.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN
Rango de LeyDecreto

I

DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 13

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMPETITIVIDAD E INNOVACIÓN

DECRETO 275/2014, de 22 de diciembre, por el que se crea el Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura y se regula la implantación del Currículum Vitae Normalizado de I+D+i. (2014040315)

La Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Extremadura, impulsa la proyección del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación (en adelante SECTI), favoreciendo la interacción de todos los Agentes que lo integran para generar, promover y desarrollar actividades de I+D+i en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Su articulación responde a un modelo de planificación estratégica, iniciada por la Junta de Extremadura en la década de los 90, con la puesta en marcha de los diversos Planes Regionales de Investigación.

El Catálogo de los Grupos de Investigación pertenecientes al Sistema de Ciencia, Tecnología, Economía y Sociedad de Extremadura, creado mediante Decreto 48/2006, de 21 de marzo, (DOE núm. 36, de 25 de marzo), y recogido como objetivo específico en los Planes Regionales de Investigación, permite avanzar en la efectividad del Sistema, mejorando y ampliando las relaciones existentes entre los distintos grupos de investigación que lo integran, favoreciendo sinergias en su actuación y proporcionando, en suma, una mayor rentabilidad de los recursos destinados a la Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (en adelante I+D+i). Su regulación proporciona una "información fácilmente accesible sobre los miembros que integran cada Grupo, sus líneas fundamentales de investigación, su producción científico-técnica, capacidad formativa y sus relaciones con otros Grupos, tanto regionales como nacionales e internacionales".

En un contexto, en el que las Administraciones se han comprometido a ofrecer al usuario las ventajas y las posibilidades que la Sociedad de la Información aporta, la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos reconoce en su objeto el derecho de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos y regula los aspectos básicos de utilización de las tecnologías de la información en la actividad administrativa, entre otras, con la finalidad de garantizar sus derechos, un tratamiento común ante ellas y la validez y eficacia de la actividad administrativa en condiciones de seguridad jurídica.

En el marco del desarrollo normativo de esta Ley 11/2007, de 22 de junio, el Decreto 225/2014, de 14 de octubre, de régimen jurídico de administración electrónica de la Comunidad Autónoma, en el artículo 3, apartado b) contempla el principio de simplificación administrativa, entendido como el rediseño funcional de los procedimientos implementados a través del régimen de administración electrónica con el objeto de reducir plazos y trámites, así como cargas administrativas para los ciudadanos.

En este sentido, la Ley 10/2010, de 16 de noviembre, confiere competencias a la Secretaría General de la Ciencia y la Tecnología para la consecución de diversas políticas estratégicas en

el ámbito de la I+D+i, que requieren un medio electrónico adecuado para la gestión de acciones orientadas hacia el desarrollo de las diversas áreas estratégicas prioritarias regionales y ejes previstos.

En concreto, el V Plan Regional de I+D+i (2014-2017), constituye el instrumento de planificación, gestión y ejecución de la Junta de Extremadura en esta materia, que mantiene entre sus objetivos específicos la consolidación y el fortalecimiento de los Grupos de Investigación con el apoyo a los planes de actuación que desarrollen su actividad a través de la oferta de convocatorias de ayudas.

En el marco de estas actuaciones, la ejecución del V Plan Regional de I+D+i se concibe como una herramienta para el desarrollo del Programa Operativo 2014-2020, en conexión con la Estrategia de Investigación e Innovación para la Especialización Inteligente de Extremadura (RIS3 Extremadura).

La Universidad de Extremadura (en adelante UEx) también ha contribuido con su política en este ámbito al desarrollo regional, apoyando desde las funciones que le son propias, el crecimiento del Sistema de I+D+i de la Comunidad Autónoma. Para ello, el Consejo de Gobierno de la UEx, en sesión de 25 de enero de 2007, aprobó la normativa de catalogación de Grupos de Investigación de la UEx.

La creación del Catálogo de Grupos de Investigación de la UEx pretende favorecer la estructuración de la investigación en su propio organismo, entendiendo que una optimización de los medios dedicados a esta actividad pasa por la conjunción de los recursos humanos en líneas de investigación, que se incardinen con el óptimo aprovechamiento de la infraestructura existente en nuestro entorno, con el único objetivo de aumentar la calidad de la investigación desarrollada en la UEx, así como la captación de fondos en las distintas convocatorias públicas y mediante convenios y contratos con empresas e instituciones.

En suma, este decreto propone la integración de los Catálogos de Grupos de Investigación existentes de la Comunidad Autónoma, el de la Junta de Extremadura y el de la UEx, en un único Catálogo, así como la inscripción de nuevos grupos de investigación integrados en el SECTI, con el objeto de favorecer la interconexión entre los Grupos, incrementar la visibilidad del potencial investigador autonómico y fomentar su integración en redes multidisciplinares, rentabilizando los recursos disponibles e impulsando la transferencia de sus resultados para su adecuación al tejido empresarial extremeño. Además, pretende la simplificación de los procedimientos administrativos existentes en este ámbito, al efecto de incrementar la eficacia y la eficiencia en las comunicaciones entre los investigadores y la Administración.

Asimismo, este decreto regula la implantación del Currículum Vitae Normalizado de I+D+i (en adelante CVN), estableciendo un formato normalizado de currículos en soporte digital que permita al personal investigador y a las instituciones de I+D+i integrar, e intercambiar información curricular.

En virtud de lo expuesto y de conformidad con el artículo 23 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Economía, Competitividad e Innovación y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 22 de diciembre de 2014.

DISPONGO

Artículo 1 Objeto y naturaleza.
  1. El objeto del presente decreto es la creación y regulación jurídica del Catálogo de Grupos de Investigación constituidos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con el fin de promover e impulsar la divulgación de la Investigación científica y técnica, del Desarrollo tecnológico y la Innovación hacia la Sociedad, y favorecer los cauces de comunicación entre los Agentes del Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación de Extremadura (SECTI), regulados en el artículo 23 de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre.

    Asimismo, regula la implantación del Currículum Vitae Normalizado de I+D+i (CVN), como herramienta digital de simplificación administrativa, que favorecerá la integración, la actualización y el intercambio de la información curricular de los investigadores que formen parte del SECTI.

  2. La integración de todos los Grupos de Investigación radicados en Extremadura en un único Catálogo regional, con la denominación "Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura" (en adelante Catálogo), conlleva la unificación de los Catálogos de los Grupos de Investigación de la Junta de Extremadura y de la Universidad de Extremadura (UEX), así como el establecimiento de las normas para nuevas adscripciones, actualizaciones y funcionamiento del mismo.

  3. El Catálogo de Grupos de Investigación de Extremadura se constituye como registro, tiene naturaleza administrativa y carácter público.

Artículo 2 Currículum Vitae Normalizado de I+D+i (CVN).
  1. El CVN establece un formato normalizado de currículo en soporte digital que permitirá al personal investigador y a las instituciones de I+D integrar e intercambiar información curricular con todas las ventajas que pueda ofrecer la tecnología en su actual estado de desarrollo.

  2. La inclusión, actualización y correcta acreditación de los datos en el CVN será obligatoria para la presentación de solicitudes en las convocatorias públicas que se oferten.

  3. La integración de la información curricular en el CVN conllevará la declaración responsable suscrita por el interesado, conforme a lo previsto en el artículo 71.bis 1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, determinándose en caso contrario lo referido en el artículo 71.bis 4 de esta Ley.

  4. El CVN estará abierto para su actualización permanentemente.

  5. El CVN será el modelo normalizado de presentación de los datos curriculares utilizado para las distintas convocatorias de ayudas, bases de datos y elaboración de informes de producción científica del SECTI. Este formato permitirá mejorar la visibilidad y comunicación de los avances de la ciencia y la tecnología en la sociedad, así como el intercambio de información con los diferentes Agentes y Sistemas de I+D+i del territorio nacional en las términos que acuerden las Administraciones Públicas.

Artículo 3 Grupos de Investigación.
  1. A los efectos de inscripción en el Catálogo, los Grupos de Investigación son equipos o unidades de investigación integrados por Investigadores, Doctores y no Doctores, Titulados, Personal en Formación y Personal Auxiliar, que pertenezcan a alguno de los organismos o entidades integrantes...

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