Decreto 232/2015, de 31 de julio, por el que se modifica el Decreto 154/2015, de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración Pública y Hacienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 232/2015, de 31 de julio, por el que se modifica el Decreto 154/2015, de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2015040251)

Mediante Decreto del Presidente 16/2015, de 6 de julio, se modifican la denominación, el número y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; por lo que se hace necesario proceder a una reestructuración de la Administración pública, con base a criterios de austeridad, eficacia y eficiencia en los recursos públicos, así como de racionalización del gasto público, simplificación de la estructura administrativa y de servicio a la ciudadanía.

Con base en lo anterior, y en virtud de lo dispuesto en la Ley 4/2015, de 26 de febrero, de regulación del proceso de transición entre gobiernos en la Comunidad Autónoma de Extremadura, se aprobó el Decreto 154/2015, de 17 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el que se determina el número, denominación y competencias de los órganos directivos que conformen las de la Presidencia de la Junta y las distintas las Consejerías.

La necesidad de dar cumplimento a los principios rectores de los poderes públicos extremeños recogidos en el Estatuto de Autonomía de Extremadura de promover las condiciones y remover los obstáculos que impidan o dificulten la igualdad de los extremeños entre sí justifica el desdoblamiento de la actual Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Transporte en la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y la Dirección General de Transporte.

En este marco de impulso activo de la equidad territorial y la cohesión social, la creación de la Dirección General de Transporte pretende garantizar unas condiciones adecuadas de accesibilidad al mismo del conjunto de la población del territorio autonómico, garantizando el desplazamiento de los/as extremeños/as a sus centros regionales y supramunicipales donde se prestan la mayor parte de los servicios especializados.

Con este nuevo centro directivo se podrá optimizar y mejorar los servicios de transporte de personas en sus distintos medios y modalidades. Así mismo se impulsará la implantación en la región de un sistema intermodal de transporte de mercancías al servicio de desarrollo territorial y productivo de Extremadura, facilitando la accesibilidad del territorio y de los sistemas productivos a la futura red de centros logísticos

Del mismo modo, se acometerá la elaboración de programas de transportes colectivos con el objetivo de garantizar la adecuada satisfacción de las necesidades de transporte de los ciudadanos de Extremadura. A tal fin se promoverán los transportes públicos como medios preferentes para los desplazamientos cotidianos.

Serán también de su competencia el ejercicio de las funciones que les sean propias en su calidad de máxima autoridad en materia de transporte de ámbito autonómico liderando la coordinación de los diferentes medios de transportes en los distintos ámbitos sectoriales de actuación en los que intervienen y de este modo actuará, con este cometido direccional, como una Autoridad Única de Transporte dentro del ámbito territorial de Extremadura.

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 23 ñ) y 57.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Hacienda y...

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