Decreto 203/2018, de 18 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 151/2016, de 31 de julio, por el que se regula el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX).

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Sanidad y PolÍTicas Sociales
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICAS SOCIALES

DECRETO 203/2018, de 18 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 151/2016, de 31 de julio, por el que se regula el Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura (MADEX). (2018040233)

La Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 9.1.27, atribuye a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia exclusiva en materia de acción social, en particular, la atención e inserción social de los colectivos afectados por cualquier tipo de discapacidad.

En desarrollo de esta competencia se dicta el Decreto 151/2006, de 31 de julio, por el que se regula el Marco de Atención a la Discapacidad (MADEX), norma que tiene como objetivo la regulación del Marco de Atención a la Discapacidad en Extremadura y el establecimiento del régimen jurídico para la acreditación de los centros y servicios incluidos en el mismo, así como de la celebración de conciertos para la prestación de servicios de atención especializada a personas con discapacidad en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En su artículo 67, relativo al abono de los conciertos, se establece que la Consejería competente abonará mensualmente a las entidades titulares de los servicios concertados el importe que corresponda en función de los módulos concertados y de la efectiva ocupación de las plazas.

El artículo 69.2 del referido decreto, en su redacción dada por el Decreto 94/2013, de 4 de junio, establece que los importes a abonar respecto de cada uno de los servicios podrán ser actualizados, sujetos a las disponibilidades presupuestarias y con el límite máximo de la variación experimentada, desde la última actualización de dichos importes, por el Índice de Precios al Consumo Nacional publicado de forma oficial por el Instituto Nacional de Estadística o índice oficial que, en su caso, le sustituya, por Orden del titular de la Consejería competente en materia de bienestar social, siendo aplicables, desde la fecha indicada en la referida Orden, a los conciertos suscritos que se encuentren en vigor, así como a aquellos otros que se suscriban con posterioridad.

Tras la entrada en vigor de la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de...

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