Decreto 2/2016, de 12 de enero, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento del Observatorio para la Simplificación Administrativa.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyDecreto

cOnseJería de Hacienda y adMinistración Pública

Decreto 2/2016, de 12 de enero, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento del observatorio para la Simplificación Administrativa. (2016040004)

La creación de empresas supone un valor a defender por las Administraciones públicas, en cuanto realizan una gran labor de dinamización laboral, comercial y de crecimiento de la economía. Actualmente diversos estudios realizados vinculan la creación de empresas y su aumento de tamaño como un medio para lograr la salida de la crisis y la consolidación de la salida de la crisis. Además, alrededor del 70% del empleo se concentra en las pequeñas y medianas empresas, siendo otro dato que incide en la necesidad de promover su creación.

Sin embargo, en la creación y consolidación de empresas juega un papel fundamental la realización de los trámites burocráticos que deben realizarse, en el sentido que pueden generar un efecto disuasorio, bien por el desconocimiento de los mismos, por el tiempo que debe emplearse en ellos, o bien por el coste que generan.

Entre las 60 medidas recogidas en la "Agenda del Cambio", figura la medida "Simplificación de los procedimientos administrativos para el inicio de la actividad empresarial". (Medida 16).

La disposición adicional cuarta de la Ley 12/2010, de 16 de noviembre, de Impulso al Nacimiento y Consolidación de Empresas en la Comunidad Autónoma de Extremadura prevé la creación de un Observatorio para la Simplificación Administrativa, cuya finalidad es, precisamente, el estudio y análisis permanente de los procedimientos y trámites aplicables a la creación y consolidación de empresas en el seno de la Comunidad Autónoma de Extremadura así como elaborar propuestas para la simplificación administrativa y la eliminación de trabas burocráticas.

En su virtud, en cumplimiento de la disposición adicional cuarta de la Ley 12/2010, de 16 de noviembre, de Impulso al Nacimiento y Consolidación de Empresas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y conforme a lo dispuesto en los artículos 23.h) y 90.2 de la Ley 1/2012, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta conjunta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y del Consejero de Economía e Infraestructuras, previa deliberación de Consejo de Gobierno en su sesión del día 12 de enero de 2016,

D I S P O N G O :

artículo 1 Objeto.

El presente decreto tiene por objeto regular la composición, organización y funcionamiento del Observatorio para la Simplificación Administrativa, creado por la disposición adicional cuarta de la Ley 12/2010, de 16 de noviembre, de Impulso al Nacimiento y Consolidación de Empresas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

artículo 2 naturaleza jurídica y finalidad.
  1. El Observatorio para la Simplificación Administrativa es un órgano de naturaleza colegiada, de consulta, colaboración y participación, y propuesta adscrito a la Presidencia de la Junta de Extremadura, que tiene como finalidad el estudio y análisis permanente de los procedimientos y trámites aplicables a la creación y consolidación de empresas en el seno de la Comunidad Autónoma de Extremadura así como elaborar propuestas para la simplificación administrativa y la eliminación de trabas burocráticas en dicha materia.

  2. Para el cumplimiento de sus fines estará integrado por el Pleno y los grupos de trabajo.

artículo 3 Funciones.

El Observatorio para la Simplificación...

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