Decreto 185/2017, de 7 de noviembre, por el que se establece un régimen de incentivos autonómicos a la inversión empresarial en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Enero de 2018
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de EconomÍA e Infraestructuras
Rango de LeyDecreto

DECRETO 185/2017, de 7 de noviembre, por el que se establece un régimen de incentivos autonómicos a la inversión empresarial en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2017040197)

El centro de las políticas económicas de la Junta de Extremadura está en las empresas, que constituyen uno de los principales motores de crecimiento socioeconómico de la región así como de la cohesión del territorio y de la fijación de la población. El objetivo final de dichas políticas es conseguir una economía pujante, liderada por un tejido productivo amplio y diversificado, que converja hacia un modelo generador de bienes y servicios de alto valor añadido, que nos conduzca hacia una economía competitiva, inteligente e integradora, alineada con los postulados de la Estrategia Europa 2020.

El objeto de este decreto es establecer una línea de ayudas en forma de subvención directa para aquellas empresas que realicen inversiones en Extremadura, con la finalidad de apoyar la creación de nuevas empresas y la consolidación de las ya existentes, favoreciendo los proyectos de ampliación, modernización y traslado, y persiguiendo con ello el mantenimiento y creación de empleo en Extremadura, que es otro de los objetivos esenciales de este decreto.

El 20 de junio de 2017 el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura aprobó el Plan para el Emprendimiento y el Fomento de la Competitividad Empresarial (Plan EMFOCO), cuyo principal objetivo es contribuir a que el tejido empresarial extremeño crezca de forma sostenida y sostenible, se desarrolle y consolide en tamaño y especialización y que todo ello favorezca una mayor actividad económica y la generación de empleo de calidad.

El presente decreto se incorpora al marco definido por la Estrategia de Especialización Inteligente de Extremadura RIS3, por la Estrategia de Industrialización 2014-2020 y por el Plan EMFOCO, con los que comparte los objetivos de favorecer el crecimiento y la consolidación de las empresas extremeñas y de reforzar su competitividad a través del fomento de la inversión productiva. Alineada con estos fines, esta nueva norma pretende impulsar la iniciativa privada, estimulando la inversión como motor de crecimiento económico y creación de empleo.

La Junta de Extremadura asume el papel que le corresponde para dinamizar la economía regional y propiciar la renovación y modernización del tejido productivo extremeño, priorizando los sectores de actividad, facilitando trámites y apoyando las iniciativas empresariales, dentro de una estrategia integral de crecimiento económico y social que favorezca la transformación del modelo productivo extremeño hacia otro más moderno, competitivo y sostenible. En el ecuador del actual periodo de programación 2014-2020 de los fondos estructurales y de inversión europeos, se considera oportuno y conveniente proceder a un nuevo impulso de la actividad productiva mediante una renovación de la actual normativa de incentivos a la inversión empresarial.

Este decreto introduce un conjunto de mejoras y novedades respecto a las ayudas reguladas por el Decreto 224/2014, de 6 de octubre, por el que se establece un régimen de incentivos autonómicos a la inversión empresarial en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extrema-

dura. Se eliminan entre otros aspectos la necesidad de vincular en algunos casos la inversión a la solicitud de financiación externa, y se incorporan una serie de modificaciones y nuevas líneas, en aras de buscar una mayor eficiencia a los recursos que la Junta de Extremadura y los fondos estructurales de la UE ponen a disposición de las empresas de esta región. Así mismo, se apoya la incorporación de nuevos modelos de negocio y tecnologías que favorezcan el crecimiento, la consolidación y la mejora de la competitividad del sector empresarial.

Se diferencian tres modalidades de ayuda: las de actividad, las de relevo generacional y las de transformación y adaptación a la industria conectada o industria 4.0.

En la modalidad de subvenciones por actividad hay que destacar la ampliación de los sectores que se pueden acoger a esta modalidad, de modo que todos, salvo los excluidos por la normativa europea, pueden acogerse a ella. Cualquier actividad económica podrá optar a una subvención cuando tenga prevista realizar inversiones en activos fijos. Esta puede considerarse la novedad más destacada que introduce este decreto con respecto al anterior, que restringía las ayudas a sectores determinados.

Como consecuencia de la ampliación de los sectores subvencionables, se realiza una priorización de la intensidad de las ayudas, estableciéndose tres grandes grupos de actividades, las prioritarias, las preferentes y el resto, en coherencia con las distintas estrategias y planes promovidos por la Junta de Extremadura, ya citados anteriormente.

También, como consecuencia de la ampliación de sectores subvencionables, ha dejado de tener sentido la modalidad de subvenciones por financiación externa, establecida en la norma anterior. Este decreto suprime esta modalidad, ya que también ha suprimido la necesidad de tener que recurrir a una fuente de financiación externa para poder optar a las ayudas.

La modalidad de subvenciones para la transformación y adaptación a la industria 4.0 es la otra gran novedad que introduce este decreto. El objetivo es apoyar que las empresas desarrollen proyectos de implantación de soluciones tecnológicas en el ámbito de la Industria 4.0, mejorando procesos, productos y modelos de negocio, y con ello las capacidades de negocio de la empresa. En línea con las iniciativas europeas y nacionales, la Junta de Extremadura, apoya la llamada cuarta revolución industrial, concediendo una subvención mínima de un 25 % a los proyectos de inversión que se acojan a esta modalidad, con el objetivo de aumentar la competitividad de la industria de nuestra región y con ello, facilitar un incremento del valor añadido industrial, de la creación de empleo cualificado, de la capacidad de crecimiento industrial, de la oferta local de soluciones digitales y de las ventajas competitivas de nuestra industria y sus exportaciones.

Respecto al relevo generacional, se mantiene esta modalidad de ayudas como complemento a otras medidas consensuadas con las principales organizaciones de autónomos de la región, que se contemplan en el Plan de Fomento y Consolidación del Autoempleo de Extremadura y que han sido implementadas desde la Junta de Extremadura.

Con respecto a la valoración de los proyectos, se sigue manteniendo como uno de los factores de valoración más importante, el de creación y mantenimiento de empleo en las empre-

sas. Como novedades, se introducen nuevos criterios de valoración que primaran a aquellos proyectos alineados con la economía verde y circular, ya que suponen una oportunidad de especialización para Extremadura, al generar demanda de nuevos servicios empresariales y nuevas oportunidades de negocio para las empresas. También se primarán aquellos proyectos industriales que se ubiquen en suelo que esté catalogado como industrial.

Asimismo, con el objetivo de contribuir a la revitalización de la economía en la zona minera de Aguablanca, se ha previsto en esta línea de ayudas, bonificar las solicitudes de empresas ubicadas en aquellas poblaciones que se han visto más afectadas por el cese temporal de la actividad de la mina de Aguablanca.

Por último, con el fin de mejorar la gestión y eficiencia de estas ayudas, se establecen una serie de reglas para que la empresa que haya sido beneficiaria de esta línea de subvenciones pueda volver a solicitar de nuevo otra ayuda en un plazo determinado.

Para la elaboración de este...

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