Decreto 155/2018, de 18 de septiembre, por el que se crea la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a la programación de artes escénicas y de música.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Cultura e Igualdad
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE CULTURA E IGUALDAD

DECRETO 155/2018, de 18 de septiembre, por el que se crea la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a la programación de artes escénicas y de música. (2018040176)

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero en su artículo 9.1.47 y 9.1.49, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de fomento de la cultura y la defensa del derecho de los extremeños a sus peculiaridades culturales.

Las artes escénicas y la música son un sector de interés estratégico desde el punto de vista cultural, empresarial y pedagógico para la sociedad extremeña. Con el fin de mejorar la distribución y exhibición de los espectáculos teatrales y musicales, es necesario definir las redes públicas de teatros y otros espacios escénicos de la Comunidad Autónoma, tanto en lo referente a la distribución de los espacios escénicos, entendidos estos como infraestructuras fijas y cerradas, estén cubiertas o no, y dotadas del material necesario para su normal desarrollo, que se destinen con carácter permanente, temporal u ocasional, a proporcionar y ofrecer al público la exhibición de obras y manifestaciones de las distintas disciplinas escénicas y musicales, como en lo que atañe a las características de los mismos.

Desde el año 1985 se vino desarrollando la Red de Teatros, sin ningún tipo de regulación previa, realizando la Consejería competente en materia de cultura las funciones propias de mediador entre los municipios y las empresas profesionales que se contrataban. El tiempo transcurrido y las necesidades, carencias y problemáticas que fueron surgiendo a lo largo de los años hicieron necesario elaborar una normativa que regulara cada una de las fases que comprende esta actividad. Esto motivó la confección del Decreto 73/2014, de 5 de mayo, por el que se creó la Red de Teatros de Extremadura y se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a la programación de artes escénicas y de música, publicado el DOE número 89, de 12 de mayo.

Con la puesta en marcha del mismo, durante los tres últimos años, se han detectado una serie de deficiencias, entre otras, las relativas a la falta de representación en la Comisión técnica artística de profesionales de la música, a la complejidad del procedimiento de selección de las empresas que han de incorporarse a la Red de Teatros, así como a la necesidad de renovar y adaptar a la realidad los criterios de valoración de las empresas que pretenden su incorporación a la red.

Por ello se incluyen entre los miembros de la Comisión técnica- artística representantes de grupos o solistas profesionales de música, se simplifica el procedimiento de selección de las

empresas para su incorporación a la red, estableciendo una única convocatoria, otorgando validez indefinida a su inclusión, sin perjuicio de que dentro de los seis primeros meses de cada año se hagan convocatoria de carácter extraordinario para nuevas empresas o para la presentación de nuevos espectáculos.

Igualmente, es preciso establecer criterios más justos para la minoración del número de actividades y representaciones propuestos por los municipios cuando no exista crédito suficiente para atender todos los proyectos propuestos, eliminando aquel que atendía a la puntuación obtenida por los espectáculos a la hora de formar parte de la red.

Por otro lado, se amplían los espacios escénicos en los que representar los espectáculos permitiendo que se realicen en espacios cerrados no cubiertos, con el objeto de facilitar y fomentar la exhibición de producciones en la época estival, así como aquellas cuya previsión de afluencia de público es muy superior a la que cabría en un recinto cubierto. Esto conlleva la necesidad de fijar los requisitos que han de cumplir dichos espacios.

Con este nuevo decreto además se ajustan los formatos de solicitud y documentación a presentar por parte de los solicitantes, simplificando los procedimientos.

Por todo ello, se hace necesario modificar gran parte del articulado, hecho que motiva la derogación del mismo y aprobación de un nuevo decreto en el que, no se pierden los objetivos a alcanzar a través de la creación de la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura y que son los siguientes:

  1. Contribuir a mejorar la programación de los espacios adheridos a la red.

  2. Fomentar la creación y formación de públicos en el ámbito de las artes escénicas y musicales en Extremadura.

  3. Facilitar la distribución y exhibición de las producciones de teatro, circo, danza o música

    de mayor calidad artística y técnica.

  4. Fomentar los sectores profesionales de creación, producción y distribución de espectáculos de artes escénicas y musicales en Extremadura.

  5. Impulsar una programación estable en los espacios escénicos de la red.

  6. Propiciar la dotación de los recursos técnicos y humanos necesarios para el logro de los objetivos anteriores.

  7. Proporcionar asesoramiento técnico y artístico, así como un espacio de formación y reciclaje profesional para los agentes que actúan en el sector, que haga posible la mejora en la gestión, el incremento de sus competencias profesionales y el intercambio de experiencias.

    La normativización de la Red de Teatros de Extremadura supuso un paso necesario para lograr el impulso de las artes escénicas y la música de nuestra región, contribuyendo así a potenciar la capacidad productiva de las industrias vinculadas a este sector estratégico no solamente desde el punto de vista de la aportación cultural y pedagógica, sino también desde el punto de vista empresarial y económico. Así, el desarrollo de su actividad favorece el enriquecimiento cultural y económico en nuestra Comunidad Autónoma.

    El presente decreto contribuye a crear los mecanismos para que la Red de Teatros y otros espacios escénicos cumpla criterios de servicio público, racionalidad económica y sobre todo de calidad, mediante el establecimiento de sistemas de evaluación y seguimiento del funcionamiento de la red, creando así sistemas de coordinación entre los diversos agentes territoriales, fundamentalmente programadores y gestores culturales, para vertebrar las Redes públicas de Teatros y otros espacios escénicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    Por otro lado, y con el objeto de dinamizar la cultura y facilitar la distribución y exhibición de las producciones de artes escénicas y música, se regulan en el presente decreto las ayudas destinadas a sufragar los gastos que conlleva la contratación por los Municipios de profesionales de creación, producción y distribución de espectáculos de artes escénicas y musicales en Extremadura.

    Este decreto, pretendiendo que los municipios beneficiarios cuenten con un mínimo de financiación para la contratación de los espectáculos incorporados a la oferta de programación, opta por el sistema de prorrateo previsto como recurso excepcional en el artículo 22.1 de la Ley 6/2011, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    En virtud de ello, a propuesta de la Consejera de Cultura e Igualdad de la Junta de Extremadura, previa deliberación en Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su reunión del día 18 de septiembre de 2018,

    DISPONGO:

Artículo 1 Objeto y finalidad.

El presente decreto tiene por objeto por una parte, la regulación y constitución de la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura para fomentar con ello la difusión de las artes escénicas y musicales de carácter profesional en Extremadura, prestando especial atención a las producciones extremeñas y, por otra parte, la aprobación de las bases reguladoras de concesión de ayudas a los Municipios de Extremadura que formen parte de la Red de Teatros y otros espacios escénicos con el fin de sufragar los gastos para la financiación de los contratación de espectáculos de artes escénicas y musicales en Extremadura.

CAPÍTULO I Artículos 2 a 12

DE LA RED DE TEATROS Y OTROS ESPACIOS ESCÉNICOS DE EXTREMADURA

SECCIÓN 1ª Establecimiento de la Red de Teatros y otros espacios escénicos Artículos 2 a 5
Artículo 2 Definición.

La Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura es un programa de acción cultural y colaboración, coordinado por la Consejería competente en materia de cultura, con el objeto de optimizar los recursos disponibles y procurar una programación estable y de calidad de artes escénicas y musicales en nuestra región.

Artículo 3 Órganos de la red.

Los órganos de la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura son la Comisión técnico-artística y de seguimiento y el Plenario.

Artículo 4 Comisión técnico-artística y de seguimiento.
  1. La Comisión técnico-artística y de seguimiento, estará compuesta por:

    1. Presidente: La persona titular del órgano competente en materia de promoción cultural, o persona en quien delegue.

    2. Vicepresidente: La persona titular del Centro de las Artes Escénicas y de la Música de Extremadura o persona en quien delegue.

    3. Vocales:

    - La persona titular del Servicio competente en materia de promoción cultural.

    - Un/a técnico/a de obras de la Consejería competente en materia de cultura designado por la persona titular de la órgano directivo competente en materia de promoción cultural.

    - Tres personas programadoras de...

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