Decreto 146/2017, de 5 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a Unión General de Trabajadores (UGT) de Extremadura para financiar las actividades de diseño, programación, difusión y evaluación de la oferta formativa para trabajadores ocupados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación y Empleo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 146/2017, de 5 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a Unión General de Trabajadores (UGT) de Extremadura para financiar las actividades de diseño, programación, difusión y evaluación de la oferta formativa para trabajadores ocupados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2017040155)

El artículo 11.1.7 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, atribuye a nuestra Comunidad Autónoma competencias de ejecución de la normativa estatal en materia de formación profesional para el empleo.

Por otro lado, en el ámbito de la Comunidad de Extremadura, la voluntad de sus instituciones de cumplir con las prescripciones en el plano de la participación colectiva de los ciudadanos, queda resaltada en las numerosas normas autonómicas que incorporan, expresamente, distintas formas de participación en relación con actividades de naturaleza socioeconómica.

A este respecto, merece especial atención recordar la Ley 3/2003, de 13 de marzo, sobre participación institucional de los Agentes Sociales más representativos (DOE n.º 35, de 22 de marzo), cuyo objeto es regular la configuración del marco de participación de los agentes sociales más representativos en la Comunidad Autónoma, en instituciones públicas y órganos de participación y asesoramiento socioeconómicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El artículo 1 de la ley mencionada establece que son Agentes Sociales, las Organizaciones Sindicales y las Asociaciones Empresariales que ostenten el carácter de más representativas en los términos fijados en la legislación social general.

La Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral, tiene como objetivos estratégicos favorecer la creación de empleo estable y de calidad; contribuir a la competitividad empresarial; garantizar el derecho a la formación laboral; y ofrecer garantías de empleabilidad y promoción profesional de los trabajadores. En su Capítulo VI hace referencia a la Gobernanza del Sistema y otorga un nuevo papel a los distintos agentes y órganos que intervienen en el gobierno del sistema de la formación profesional para el empleo, atribuyendo un papel singular a los agentes sociales, que se traduce en un notable liderazgo y protagonismo de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en lo que se refiere al diseño estratégico, a la planificación, y a la programación, difusión, control, seguimiento y evaluación de la formación profesional para el empleo, especialmente en la dirigida a los trabajadores ocupados.

El artículo 3 de la citada Ley 30/2015, "Principios del sistema", destaca la labor de los agentes sociales, al establecer en su apartado d) que "La negociación colectiva y el diálogo social como instrumento de desarrollo del sistema de formación profesional para el empleo

en el ámbito laboral, así como la participación de los agentes sociales en los órganos de gobernanza del sistema y en particular en el diseño, planificación, control, seguimiento y evaluación de la oferta formativa, especialmente la dirigida a los trabajadores ocupados". Además, el artículo 10, establece que, la detección de necesidades, así como el diseño, la programación y la difusión de la oferta formativa para trabajadores ocupados, se realizará, con la participación de las organizaciones empresariales y sindicales directamente, a falta de estructuras paritarias.

Igualmente, el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, establece que para conseguir los objetivos que establece la Ley de Formación, Gobierno, Comunidades Autónomas y agentes sociales colaborarán en la prospección, planificación y programación de la actividad formativa.

El papel de los agentes sociales se ha reforzado, así mismo, en el artículo 40 del Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Empleo, el cual señala que las organizaciones sindicales y empresariales más representativas participarán en los órganos de gobernanza del sistema, y en particular en el diseño, la planificación, programación, el control, el seguimiento, la evaluación y la difusión de la formación profesional para el empleo en el ámbito laboral. Esta participación se llevará a cabo directamente o a través de estructuras paritarias sectoriales.

La necesidad de profundizar en los procesos de participación de estos agentes, hacen necesaria la constitución de una Comisión para la Gobernanza en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Exremadura. Por ello, con fecha 5 de mayo de 2016, se firmó por el Presidente de la Junta de Extremadura y los representantes de los agentes económicos y sociales más representativos de la región (CCOO, UGT y CREEX), la Estrategia de Empleo 2016-2019 y el Plan de Empleo 2016-2017, que han unido sus fuerzas a la Consejería de Educación y Empleo para hacer realidad este instrumento tan importante para el empleo de la región.

La Estrategia de Empleo de Extremadura tiene su desarrollo operativo a través de los planes de empleo del SEXPE, organismo autónomo competente en la ordenación y gestión de las políticas de empleo, siendo el Plan de Empleo el instrumento básico y fundamental para el desarrollo operativo de la estrategia, que debe contar con la participación y la cooperación intensa entre la Administración y los agentes económicos y sociales más representativos. Con ello se trata de hacer el mejor aprovechamiento posible de la experiencia y conocimiento de estas entidades, que al tener una mayor cercanía al tejido productivo, constituyen una pieza clave en el nuevo sistema de formación profesional para el empleo.

Por ello, el Plan de Empleo plantea de inicio la necesidad de profundizar en los procesos de participación de estos agentes, no sólo en los ámbitos de decisión, sino también en los ámbitos de construcción técnica de las propuestas y medidas, haciéndose necesaria la constitución de una Comisión para la Gobernanza.

En el marco de dicha Estrategia de Empleo y Plan de Empleo de Extremadura se prevé la creación de la Comisión para la Gobernanza de la Formación para el Empleo de carácter

paritario y tripartito (compuesta por la Administración, la CREEX y los sindicatos UGT y CCOO), a fin de dar cumplimiento a lo estipulado en el Capítulo VI de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, en el sentido de darle el protagonismo a las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en el diseño estratégico, en la planificación, programación, difusión, control, seguimiento y evaluación de la formación profesional para el empleo.

En este contexto, y no habiéndose creado aún esta estructura de carácter paritario y tripartito, se hace necesario la concesión con carácter excepcional de una subvención de concesión directa a UGT, a través del presente decreto, mediante el que establece la regulación de una subvención de carácter excepcional a UGT de Extremadura, como agente social dotado de un papel singular en la planificación estratégica de la formación en la Comunidad Autónoma de Extremadura y con el objeto de dar cumplimiento a la ejecución de las actuaciones previstas en la normativa estatal citada y concretadas en el plan de actuaciones presentado por la entidad. Se pretende que dicha entidad realice las actuaciones de diseño, programación, difusión, y evaluación de la oferta formativa para trabajadores ocupados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con una visión de carácter general y no específico o sectorial, considerando que existen razones de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR