Decreto 128/2018, de 1 de agosto, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión de Coordinación Intersectorial y el procedimiento de coordinación intersectorial.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejerÍA de Medio Ambiente y Rural, PolÍTicas Agrarias y Territorio
Rango de LeyDecreto

DECRETO 128/2018, de 1 de agosto, por el que se regula la composición, organización y funcionamiento de la Comisión de Coordinación Intersectorial y el procedimiento de coordinación intersectorial. (2018040148)

ÍNDICE

Artículo1. Objeto.

Artículo 2 Ámbito de aplicación.
Artículo 3 Composición de la Comisión de Coordinación Intersectorial.
Artículo 4 Organización de la Comisión de Coordinación Intersectorial.
Artículo 5 Funciones de la Comisión de Coordinación Intersectorial.
Artículo 6 Procedimiento de coordinación intersectorial en la aprobación de los planes generales municipales.
Artículo 7 Alcance de los informes sectoriales.
Artículo 8 Plazos.
Artículo 9 Procedimiento de coordinación intersectorial en la aprobación de las modificaciones de ordenación estructural de los planes generales municipales.
Artículo 10 Procedimiento de coordinación intersectorial en la aprobación de los instrumentos de ordenación territorial.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA Planeamiento en curso de aprobación.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA Derogación normativa.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA Entrada en vigor. Artículos 1 a 10

Los instrumentos de ordenación urbanística y del territorio tienen una gran relevancia en el desarrollo de cualquier actividad que se pretenda realizar sobre el suelo. Por una parte, porque son estos instrumentos los que establecen el régimen de usos que pueden o no establecerse en el territorio y, por otra parte, porque son el soporte de los complejos procedimientos de las autorizaciones autonómicas y municipales de control previo, que hacen efectiva la implantación de usos y actividades. La redacción de estos instrumentos posee un gran alcance estratégico en la implantación de actividades y creación de empleo, puesto que generan expectativas de desarrollo y ordenan físicamente las dinámicas económicas existentes.

Sin embargo, este horizonte de posibilidades se ve dificultado por los plazos de tramitación, su dilación en el tiempo e incluso su injustificada paralización, provocando inseguridad

jurídica, incertidumbres y elevados costes administrativos y financieros en los procesos de implantación de usos y actividades de iniciativa pública y privada, truncando el escenario de posibilidades desplegado durante el proceso de redacción.

La incidencia de la legislación sectorial en el planteamiento urbanístico y territorial es fundamental, tanto en los plazos como en lo sustancial, considerando la compleja trama de intervención administrativa donde cada vez más organismos reclaman ser actores, desde distintos ámbitos competenciales, disciplinas y materias que están intensificando las recurrentes incidencias en el procedimiento de aprobación de planes.

Mediante la aprobación de la Ley 2/2018, de 14 de febrero, de coordinación intersectorial y de simplificación de los procedimientos urbanísticos y de ordenación del territorio de Extremadura, nuestra Comunidad Autónoma, en el ejercicio de su competencia legislativa en materia de urbanismo y ordenación del territorio, creó la Comisión de Coordinación Intersectorial con el objeto de coordinar la emisión de informes sectoriales en los procedimientos para la aprobación de los instrumentos de ordenación cuando su aprobación definitiva corresponda a los órganos urbanísticos y de ordenación del territorio de la Junta de Extremadura. Dicha Ley estableció también el procedimiento de coordinación intersectorial

El presente Decreto regula las atribuciones y el régimen de organización y funcionamiento de la Comisión de Coordinación Intersectorial, así como las normas del procedimiento de coordinación intersectorial en la aprobación de aquellos instrumentos de ordenación urbanística y territorial sujetos al mismo.

En su virtud, oída la Comisión Jurídica de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 1 de agosto de 2018,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto.

El objeto del presente Decreto es la regulación del proceso de coordinación intersectorial en la tramitación de los procedimientos de aprobación de los instrumentos a los que es aplicable, y la...

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