Resolución de 5 de abril de 2010, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación de la Junta de Extremadura en la selección y ejecución de proyectos de infraestructuras científicas cofinanciadas por el FEDER: 'Construcción de los edificios de desarrollo tecnológico del Parque Científico y Tecnológico de Extremadura en Cáceres y Badajoz'.

SecciónIII - Otras Resoluciones
EmisorConsejería de Administración Pública y Hacienda
Rango de LeyResolución

III OTRAS RESOLUCIONES

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y HACIENDA

RESOLUCIÓN de 5 de abril de 2010, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación de la Junta de Extremadura en la selección y ejecución de proyectos de infraestructuras científicas cofinanciadas por el FEDER: "Construcción de los edificios de desarrollo tecnológico del Parque Científico y Tecnológico de Extremadura en Cáceres y Badajoz". (2010060830)

Habiéndose firmado el día 22 de febrero de 2010 Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación de la Junta de Extremadura en la selección y ejecución de proyectos de infraestructuras científicas cofinanciadas por el FEDER: "Construcción de los edificios de desarrollo tecnológico del Parque Científico y Tecnológico de Extremadura en Cáceres y Badajoz", de conformidad con lo previsto en el artículo 7.º del Decreto 1/1994, de 25 de enero, sobre creación y funcionamiento del Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Extremadura,

RESUELVO:

La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como Anexo de la presente Resolución.

Mérida, a 5 de abril de 2010.

La Secretaria General,

P.A. La Jefa de Servicio de Legislación y Documentación (Resolución de 13/09/2007, DOE n.º 107, de 15 de septiembre),

M.ª JOSÉ RUBIO CORTÉS

A N E X O

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN Y LA VICEPRESIDENCIA SEGUNDA Y CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO E INNOVACIÓN DE LA JUNTA DE EXTREMADURA, EN LA SELECCIÓN Y EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURAS CIENTÍFICAS COFINANCIADAS POR EL FEDER: "CONSTRUCCIÓN

DE LOS EDIFICIOS DE DESARROLLO TECNOLÓGICO DEL PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA EN CÁCERES Y BADAJOZ"

En Madrid, a 22 de febrero de 2010.

REUNIDOS

De una parte la Sra. D.ª Cristina Garmendia Mendizábal, Ministra de Ciencia e Innovación, nombrada por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, actuando en virtud del artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra parte, la Excma. Sra. D.ª María Dolores Aguilar Seco, Vicepresidenta Segunda y Consejera de Economía, Comercio e Innovación de la Junta de Extremadura, nombrada para dicho cargo por Decreto del Presidente 19/2007, de 30 de junio (DOE extraordinario núm. 6, de 2 de julio), actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en el Decreto del Presidente 17/2007, de 30 de junio (DOE extraordinario n.º 6, de 2 de julio), previa delegación de firma del Excmo. Sr Presidente de la Junta de Extremadura por Resolución de 2 de agosto de 2007.

De otra parte, el Sr. D. Jesús Alonso Sánchez, Director General de Innovación y Competitividad Empresarial de la Junta de Extremadura, nombrado para dicho cargo por Decreto 269/2007, de 27 de julio (DOE núm. 88, de 31 de julio de 2007), actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en el Decreto 196/2008, de 26 de septiembre (DOE núm. 189, de 30 de septiembre).

Reconociéndose mutuamente plena capacidad para celebrar este Convenio,

EXPONEN

  1. Que de acuerdo al Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión y al Reglamento (CE) n.º 1828/2006 de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo, los criterios de selección de las operaciones cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, se establecen en los correspondientes Comités de Seguimiento de los Programas Operativos aprobados por Decisión de la Comisión Europea.

  2. Que según se establece en los criterios de selección aprobados por el Comité de Seguimiento del Programa Operativo FEDER 2007-2013 de Economía basada en el Conocimiento, aprobado por Decisión de la Comisión Europea C/2007/5927 de 28 de noviembre, la selección de proyectos de infraestructuras científicas se realizará a través de convenios de

    colaboración entre la Administración General del Estado y las Administraciones Públicas Autonómicas correspondientes, identificados como prioritarios por parte de las Comunidades Autónomas y que permitan evitar duplicidades y carencias a escala estatal.

  3. Que la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que las subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea se regirán por las normas comunitarias aplicables en cada caso.

  4. Que corresponde al Estado el "fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica", de acuerdo con el artículo 149.1.15 de la Constitución. De forma específica, según el Real Decreto 542/2009, de 7 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, desarrollado por Real Decreto 640/2009, de 17 de abril, corresponde al Ministerio de Ciencia e Innovación la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de investigación científica, desarrollo tecnológico e innovación en todos los sectores, así como la coordinación de los organismos públicos de investigación de titularidad estatal. Todo ello de acuerdo con los objetivos que se concretan en el vigente Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011 junto con las orientaciones de la Comisión Europea sobre construcción del Espacio Europeo de Investigación y las directrices estratégicas comunitarias en materia de cohesión.

  5. Que corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura promover la investigación científica y técnica, en virtud de las competencias exclusivas que en dicha materia le confiere el artículo 7.1.16 del Estatuto de Autonomía. En concreto a la Consejería de Economía, Comercio e Innovación de la Junta de Extremadura y en virtud del Decreto del Presidente 17/2007, por el que se crea la Consejería, le corresponden las competencias en Investigación, Desarrollo e Innovación. Que esta Consejería viene realizando actuaciones en el ámbito de la articulación y mejora de los distintos Centros Tecnológicos y de Investigación de la Comunidad Autónoma, teniendo entre sus principales objetivos el dotar de los medios necesarios al sistema de I+D extremeño, para potenciar su capacidad investigadora.

  6. Que la Dirección General de Innovación y Competitividad Empresarial actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas en el Decreto 196/2008, de 26 de septiembre (DOE núm. 189, de 30 de septiembre), por el que se establece la estructura Orgánica de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación y en el ámbito de las atribuciones que le confiere el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tiene conferidas, entre otras competencias, la propuesta de creación o supresión de centros de investigación y desarrollo tecnológico e innovación de la Junta de Extremadura.

  7. Que la Junta de Extremadura, en la ejecución de este proyecto, se someterá a lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

  8. Que el Ministerio de Ciencia e Innovación, a través de la Dirección General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i, gestiona fondos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) destinados a financiar actuaciones dirigidas a favorecer el desarrollo regional a través de la investigación.

  9. Que el Ministerio de Ciencia e Innovación y la Junta de Extremadura han analizado los proyectos de infraestructuras científicas que responden a las necesidades de desarrollo

    económico de la región y consideran que deben ser objeto de cofinanciación por el FEDER aquellos con mayor capacidad de transformar los resultados de la investigación en productos y servicios de alto valor añadido.

    Por todo ello las partes acuerdan celebrar el presente Convenio que se regirá por las siguientes:

    CLÁUSULAS

    Primera. Objeto del Convenio.

    El objeto del presente Convenio es la selección de proyectos de infraestructuras científicas que deben ser objeto de cofinanciación por el FEDER por responder a las necesidades de desarrollo económico de la región y tener capacidad de transformar los resultados de la investigación en productos y servicios de alto valor añadido.

    También es objeto del presente Convenio el establecimiento de las obligaciones y derechos del organismo beneficiario de los fondos FEDER aplicados para la ejecución de los proyectos seleccionados.

    Segunda. Proyectos seleccionados.

    Los proyectos de infraestructuras que se llevarán a cabo, son los señalados en el Anexo I:

    - "Construcción del edificio de Desarrollo Tecnológico del Parque Científico y Tecnológico de Extremadura en el campus de Cáceres".

    - "Construcción del edificio de Desarrollo Tecnológico del Parque Científico y Tecnológico de Extremadura en el campus de Badajoz".

    Tercera. Presupuesto, financiación y compromisos de las partes.

  10. El Ministerio de...

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