DECRETO 162/1995, de 3 de octubre, para condonación de deudas de adjudicatarios en zonas regables de Alagón-Arrago y Orellana correspondientes a 1993.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura y Comercio
Rango de LeyDecreto

teria de ejecución de la legislación laboral y por Decreto del Presidente 20/1995, de 21 de julio, se unificaron en la citada Consejería aquellas funciones y servicios que en materia laboral, cooperativas y empleo tenía asignadas el Vicepresidente en la Presidencia de la Junta de Extremadura.

El Real Decreto 641/1995, de 21 de abril, traspasó, entre otras, de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura funciones y servicios relativos al Registro de Cooperativas y Registro de Sociedades Anónimas Laborales, dependientes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Para el cumplimiento de las funciones traspasadas en esta materia es necesario crear la Sección Central del Registro de Cooperativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 3/1987, de 2 de abril, General de Cooperativas así como proceder a creación del Registro de Sociedades Anónimas Laborales previsto en el artículo cuarto de la Ley 15/1986, de 25 de abril, de Sociedades Anónimas Laborales.

Con carácter provisional y hasta tanto se establezca la regulación definitiva los citados registros se regirán por las normas que regulaban su funcionamiento en la Administración del Estado.

Finalmente ambos registros quedan adscritos a la Dirección General de Trabajo de acuerdo con lo que se establece con el artículo 7 del Decreto 76/1995, de 31 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la...

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