Decreto 143/2013, de 30 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a las Comunidades Extremeñas en el Exterior y sus Federaciones, y se realiza la primera convocatoria para el ejercicio 2013.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Salud y Política Social
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE SALUD Y POLÍTICA SOCIAL

DECRETO 143/2013, de 30 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a las Comunidades Extremeñas en el Exterior y sus Federaciones, y se realiza la primera convocatoria para el ejercicio 2013. (2013040164)

El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, establece en su artículo 7.1 que los poderes públicos regionales ejercerán sus atribuciones con las finalidades primordiales de promover las condiciones de orden social, político, cultural o económico, para que la libertad y la igualdad de los extremeños, entre sí y con el resto de los españoles, sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud; y facilitar la participación de todos en la vida política, económica, cultural y social de Extremadura, en un contexto de libertad, justicia y solidaridad. Igualmente, contiene unos mandatos dirigidos a los poderes públicos en relación a los extremeños en el exterior de Extremadura y con las comunidades extremeñas en el exterior.

Por su parte, la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los Extremeños en el Exterior que tiene por objeto la regulación de la promoción, la coordinación y el fortalecimiento de las relaciones de la Comunidad de Extremadura, su sociedad civil y sus instituciones, con las personas, comunidades y entidades extremeñas, recoge entre sus objetivos fundamentales contribuir al fortalecimiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus entidades asociativas, favoreciendo su cohesión interna, la eficacia de la acción asociativa y el establecimiento y potenciación de vínculos entre las entidades y entre éstas y la Comunidad Autónoma de Extremadura; potenciar las relaciones sociales, culturales, económicas y políticas de los extremeños en el exterior con los territorios donde existan comunidades extremeñas, con sus instituciones y agentes sociales, mediante la interacción cultural y desde la conciencia de la identidad de origen, contribuyendo a proteger la diversidad cultural y a fomentar las relaciones entre los pueblos del mundo; así como apoyar en el territorio de destino la plena integración social, cultural y laboral de los extremeños en el exterior.

En cumplimiento de lo anterior, como medidas de apoyo a las comunidades extremeñas, el artículo 27 de dicha ley recoge que las comunidades extremeñas podrán recibir las subvenciones que la Administración de la Junta de Extremadura o cualquier otra Administración Pública extremeña pudieran establecer en el marco de sus respectivas competencias para el cumplimiento de los objetivos establecidos en la propia ley. En concreto, la Junta de Extremadura, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, prestará su apoyo a las comunidades extremeñas para contribuir a promover las actividades o programas relacionados con Extremadura que lleven a cabo las comunidades extremeñas, correspondiendo a la Consejería de Salud y Política Social la gestión de la competencia en materia de emigración y retorno, según el Decreto 23/2012, de 10 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Política Social.

En el ejercicio de la citada competencia, la Consejería de Salud y Política Social aprobó el Decreto 86/2012, de 18 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las sub-

venciones a otorgar por la Consejería de Salud y Política Social, en materia de política social y familia, regulando entre otras, las subvenciones destinadas a la financiación de programas de actuación a favor de las comunidades extremeñas en el exterior, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva y convocatoria publica periódica. A través de estas subvenciones se financian cuatro tipo de programas: el programa de actuación de las comunidades extremeñas, el programa de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior, el programa de mantenimiento de estructura de las federaciones y el programa de actuación de las federaciones.

Realizada la primera convocatoria de subvenciones al amparo del citado Decreto 86/2012, de 18 de mayo, la Consejería de Salud y Política Social considera necesario, por la naturaleza y las características de este tipo de ayudas y los beneficiarios de las mismas, regular de manera específica las subvenciones a otorgar por la Junta de Extremadura a las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones. Esta necesidad se ha visto reforzada en el seno del Consejo de Comunidades Extremeñas en el Exterior donde las comunidades extremeñas han solicitado, por una parte, la modificación de las actuaciones objeto de financiación en aras a adecuarlas a las circunstancias reales en las que viven estas comunidades en los territorios donde se encuentran asentadas y, por otra, la simplificación del procedimiento administrativo de dichas ayudas, máxime si tenemos en cuenta que todas estas comunidades se encuentran asentadas fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura e incluso fuera del territorio nacional, lo que dificulta las relaciones entre estas y el órgano gestor de las ayudas.

En virtud de todo lo anterior, la Consejería de Salud y Política Social con el fin de dar cumplimiento a la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los Extremeños en el Exterior y dar respuesta a las necesidades planteadas por las Comunidades Extremeñas en el Exterior, dentro de los principios generales que debe regir la gestión de las subvenciones autonómicas, tales como los principios de concurrencia, igualdad y no discriminación, eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos recogidos en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, considera necesario la aprobación mediante el presente decreto de las bases reguladoras destinadas a financiar a las Comunidades Extremeñas en el Exterior y sus Federaciones.

De conformidad con el artículo 90.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejería de Salud y Política Social y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura en su sesión de 30 de julio de 2013,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas destinadas por la Junta de Extremadura a financiar, total o parcialmente, los gastos de funcionamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, así como las actividades que estas entidades desarrollen, a través de los siguientes programas:

- Programa I: Ayudas de funcionamiento y actividades a favor de las comunidades extremeñas en el exterior.

- Programa II: Ayudas de funcionamiento y actividades a favor de las federaciones de las comunidades extremeñas en el exterior.

Artículo 2 De las actividades subvencionables.
  1. Los programas que podrán acogerse al presente decreto tendrán uno o varios de los siguientes fines:

    - El desarrollo de actividades sociales y culturales a favor de los extremeños en el exterior.

    - El fomento de la cultura extremeña en el exterior, en concreto, de la realidad histórica, cultural, social y actual de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    - La promoción de actuaciones a favor de la difusión de la imagen y proyección de Extremadura en el exterior.

    - La potenciación de vínculos entre los extremeños en el exterior y Extremadura, en especial, con las empresas extremeñas.

  2. Podrán subvencionarse los programas que contemplen una o varias de las siguientes actividades:

  3. Los actos sociales, culturales y formativos que tiendan a favorecer la integración de los extremeños en los lugares de asentamiento.

  4. Conferencias, mesas redondas, jornadas y presentaciones literarias que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR