DECRETO 44/2009, de 6 de marzo, por el que se establecen criterios comunes a efectos del cumplimiento de las obligaciones impuestas en los programas de subvenciones para fomento del empleo estable en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el actual contexto de crisis económica y financiera.

Fecha de Entrada en Vigor13 de Marzo de 2009
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Igualdad y Empleo
Rango de LeyDecreto

De acuerdo con la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, los programas de fomento del empleo constituyen una de las principales medidas en el ámbito de las políticas activas de empleo, que persiguen como objetivo crear empleo, especialmente el estable y de calidad, por parte de las empresas de los distintos sectores de actividad económica.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, los distintos Planes de Empleo, consensuados entre la Junta de Extremadura, la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura y los agentes sociales, han venido incluyendo entre sus prioridades el fomento del empleo, con el fin de procurar la creación y el mantenimiento de empleo en los diferentes sectores económicos de Extremadura, así como apoyar el empleo de personas con discapacidad y su integración en el mercado de trabajo ordinario.

Para articular esta actividad administrativa de fomento, la Junta de Extremadura ha venido aprobando las correspondientes bases reguladoras de las subvenciones, cuyo objetivo es incentivar la creación de puestos de trabajo o la transformación de empleos temporales en indefinidos, así como el apoyo a la contratación de personas discapacitadas.

No obstante, el actual escenario de crisis económica que ha afectado muy negativamente a todos los sectores económicos, especialmente la construcción y los servicios, ha colocado a muchas empresas en una situación muy difícil para afrontar las exigencias derivadas de su actividad económica, especialmente en lo que se refiere al mantenimiento del empleo y, con ello, el cumplimiento de los compromisos adquiridos con ocasión de la concesión de subvenciones destinadas a tal fin.

Ante este grave problema, se considera oportuno establecer una serie de criterios comunes a los distintos programas de subvenciones de fomento del empleo, que actualmente gestiona la Consejería de Igualdad y Empleo, a través del Servicio Extremeño Público de Empleo, con el fin de facilitar a los beneficiarios el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la concesión de dichas subvenciones, de modo que se compatibilice la salvaguarda de los intereses públicos, en lo que se refiere a la consecución de la finalidad de las ayudas y la gestión de los recursos, con la viabilidad de las empresas, principal fuente de creación de empleo en nuestra Comunidad Autónoma.

Entre los programas de fomento del empleo afectados por la presente norma se incluyen aquellos que actualmente están vigentes y aquellos otros que, a pesar de haber finalizado, mantienen expedientes cuya comprobación del cumplimiento de obligaciones permanece vigente.

Las medidas reguladas en el presente Decreto inciden en aquellas circunstancias que pueden determinar un incumplimiento de las obligaciones y, con ello, la revocación y, en su caso, reintegro de las subvenciones, de acuerdo con las previsiones contenidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y, por lo que respecta a nuestra Comunidad

Autónoma, en la Ley 5/2008, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2009, que prevén, entre los contenidos mínimos de las bases reguladoras de las subvenciones, las circunstancias que, como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, podrán dar lugar a la modificación de la resolución, así como la concreción de los criterios de graduación de los posibles incumplimientos de condiciones impuestas con motivo de la concesión de las subvenciones.

Por último, la presente norma pretende también facilitar el conocimiento general por parte de los beneficiarios de los parámetros concretos que serán utilizados en la revocación y reintegro de subvenciones concedidas al amparo de los Decretos afectados por la presente norma, posibilitando una mayor transparencia en la relación subvencional, que mejore la toma de decisiones del empleador.

En su virtud, de conformidad con el artículo 90.2, de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Igualdad y Empleo y previa deliberación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR