DECRETO 32/1996, de 27 de febrero, por el que se regulan las competencias en materia de fraude y calidad agroalimentaria en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura y Comercio
Rango de LeyDecreto

DECRETO 32/1996, de 27 de febrero, por el que se regulan las competencias en materia de fraude y calidad agroalimentaria en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El Estatuto de Autonomía de Extremadura, aprobado por la Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero (B.O.E. n.º 49, de 26 de febrero de 1983) y reformado por la Ley Orgánica 8/1994, de 24 de marzo (B.O.E. n.º 72, de 25 de marzo de 1994), establece como competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma la relativa a las industrias agroalimentarias, de acuerdo con la ordenación general de la economía (artículo 7.6.) y como competencia de desarrollo y ejecución la de las denominaciones de origen en colaboración con el Estado (artículo 8.12.), así como la de defensa del consumidor y usuario (artículo 8.8.) y la función ejecutiva en materia de comercio interior (artículo 9.3.).

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. n.º 285, de 27 de noviembre de 1992), al establecer los principios de la potestad sancionadora de la Administración, específica, en su artículo 127.2, que dicho ejercicio corresponde a los órganos administrativos que la tengan expresamente atribuida, por disposición de rango legal o reglamentario, sin que pueda delegarse en órgano distinto.

Teniendo en cuenta el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio (B.O.E. n.º 168, del 15 de julio de 1983) que regula, entre otras, las infracciones en materia de defensa de la calidad de la producción agroalimentaria, sobre la que existe reciente y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR