DECRETO 91/1994, de 28 de junio, por el que se aprueba, con carácter de Plan Director, el Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura (PLATERCAEX)

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Trabajo
Rango de LeyDecreto

CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y TRABAJO DECRETO 91/1994, de 28 de junio, por el que se aprueba, con carácter de Plan Director, el Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura (PLATERCAEX).

El día 2 de mayo de 1992 entró en vigor la Norma Básica de Protección Civil, aprobada por Real Decreto 407/1992, de 24 de abril (Boletín Oficial del Estado de 1 de mayo de 1992).

La aprobación de la Norma Básica, prevista en el artículo 8 de la Ley 2/1985, de 21 de enero, de Protección Civil, ha supuesto un hecho de especial relieve pues, por una parte, la citada Norma define los ámbitos en que han de ejercerse las responsabilidades y competencias de las diferentes Administraciones Públicas en materia de Protección Civil y, por otra, contiene las directrices esenciales para la elaboración de los Planes Territoriales --entre los que se hallan los de la Comunidad Autónoma-- y de los Planes Especiales, por sectores de actividad, tipos de emergencia o actividades concretas.

En este marco, el Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura (PLATERCAEX) materializa la previsión del marco orgánico-funcional y de los mecanismos que permiten la movilización de los recursos humanos y materiales necesarios para la protección de personas y bienes en caso de grave riesgo colectivo, catástrofe o calamidad pública así como el esquema de coordinación entre las distintas Administraciones Públicas llamadas a intervenir.

Así, el Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura (PLATERCAEX), a partir de su configuración como Plan Director, fija el marco organizativo general en relación con su correspondiente ámbito territorial, de manera que permite la integración de los Planes Territoriales de ámbito inferior, al definir los elementos esenciales y permanentes del proceso de planificación y establecer directrices para la planificación local.

Por ello, previo informe favorable de la Comisión Regional de Protección Civil, a propuesta del Consejero de Presidencia y Trabajo, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 28 de junio de 1994,

D I S P O N G O ARTICULO UNICO 1.-- Aprobar el Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura (PLATERCAEX).

  1. -- El Plan Territorial de Protección Civil de la Comunidad Excmo. Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena Normas Subsidiarias.-- Edicto de 8 de junio de 1994, sobre...

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