DECRETO 254/2008, de 19 de diciembre, por el que se fija el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos durante el año 2009 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Fecha de Entrada en Vigor27 de Diciembre de 2008
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración Pública y Hacienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 254/2008, de 19 de diciembre, por el que se fija el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos durante el año 2009 en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2008040281) El artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece que las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán en sus respectivos ámbitos el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos, comprendiendo los días inhábiles de las Entidades que integran la Administración Local correspondientes a su ámbito territorial.

Por ello, a propuesta del Consejero de Administración Pública y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 19 de diciembre de 2008,

D I S P O N G O :

Artículo 1 Días inhábiles en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

El calendario de días inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos, que regirá en la Comunidad Autónoma de Extremadura durante el año 2009, se fija en los siguientes términos:

  1. Serán días inhábiles en todo el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, además de los domingos, las fiestas laborales de esta Comunidad que figuran en el Decreto 125/2008, de 20 de junio, por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2009 (DOE núm. 123, de 26 de junio de 2008) y que a continuación se relacionan:

    1 de enero, Año Nuevo. (Fiesta laboral de ámbito nacional, de acuerdo con el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores).

    6 de enero, Epifanía del Señor. (Artículo III del Acuerdo de la Santa Sede de 3-1-1979).

    9 de abril, Jueves Santo. (Artículo III del Acuerdo de la Santa Sede de 3-1-1979).

    10 de abril, Viernes Santo. (Artículo III del Acuerdo de la Santa Sede de 3-1-1979).

    1 de mayo, Fiesta del Trabajo. (Fiesta laboral de ámbito nacional, de acuerdo con el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores).

    15 de agosto, Asunción de la Virgen. (Artículo III del Acuerdo de la Santa Sede de 3-1-1979).

    8 de septiembre, Día de Extremadura. (Artículo 14 de la Ley 4/1985, de 3 de junio, del Escudo, Himno y Día de...

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