DECRETO 323/2007, de 23 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de ayudas destinadas a la adquisición de fondos bibliográficos para las bibliotecas y agencias de lectura públicas municipales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Cultura y Turismo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 323/2007, de 23 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de ayudas destinadas a la adquisición de fondos bibliográficos para las bibliotecas y agencias de lectura públicas municipales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La Ley 6/1997, de 29 de mayo, de Bibliotecas de Extremadura, tiene por objeto, como se dispone en su artículo 1, establecer las líneas básicas para la creación, organización, funcionamiento y coordinación del Sistema Bibliotecario de Extremadura, facilitando la prestación de servicios adecuados que garanticen el derecho de los ciudadanos a la lectura e información públicas en cada uno de los ámbitos de población del territorio extremeño.

En el marco que establece esta Ley, y con el fin de mejorar el servicio público de las bibliotecas, se suscribe un Convenio de Colaboración, con fecha de 28 de junio de 2007, entre el Ministerio de Cultura y la anterior Consejería de Cultura de la Junta de Extremadura para la aportación y distribución de crédito para la adquisición de fondos bibliográficos destinados a las bibliotecas públicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Fruto de este Convenio, la Junta de Extremadura decide hacer pública las bases reguladoras de concesión de ayudas destinadas a la adquisición de fondos bibliográficos para las bibliotecas públicas municipales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Por todo ello, previa propuesta de la Consejera de Cultura y Turismo, tal y como se indica en el artículo 36 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y previa deliberación en Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su reunión del día 23 de noviembre de 2007,

D I S P O N G O :

Artículo 1 Objeto.

El presente Decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras de concesión de ayudas destinadas a la adquisición de fondos bibliográficos para las bibliotecas y agencias de lectura públicas municipales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, al amparo del Convenio de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Cultura y la Junta de Extremadura para la mejora de las bibliotecas públicas.

Artículo 2 Destinatarios.

Los destinatarios de estas ayudas serán los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores de las provincias de Badajoz y Cáceres que tengan bibliotecas o agencias de lectura municipales, incluidas las bibliotecas de barrio y de pedanías, que estén integradas en el Sistema Bibliotecario de Extremadura.

Cada centro bibliotecario, entendiendo por éste, biblioteca o agencia de lectura pública municipal, de pedanía o de barrio, podrá ser destinatario individual de estas ayudas, con independencia de que pertenezcan a un mismo municipio o entidad local menor.

Artículo 3 Requisitos.

Para poder participar en esta convocatoria y ser beneficiarios de las subvenciones, los Ayuntamientos y las Entidades Locales Menores deberán:

Haber suscrito el Convenio para la integración en el Sistema Bibliotecario de Extremadura, la dotación y la gestión de la agencia de lectura o biblioteca de la localidad interesada, en virtud del Decreto 134/1998, de 17 de noviembre, por el que se establece el procedimiento de integración de centros y servicios de bibliotecas en el Sistema Bibliotecario de Extremadura.

Acreditar que las bibliotecas o agencias de lectura se encuentran abiertas al público y funcionando con regularidad.

Estar al corriente de las obligaciones tributarias con respecto a la Hacienda Autonómica.

No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Artículo 4 Financiación de las ayudas.

La financiación de estas ayudas se hará con cargo a la aplicación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura que corresponda para cada ejercicio presupuestario, y por el importe total que se determine en la Orden de convocatoria de...

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