DECRETO 28/1996, de 19 de febrero, por el que se regulan las condiciones básicas para la participación de los niños/as y jóvenes extremeños/as en cursos e intercambios para la formación y perfeccionamiento en otros idiomas oficiales de países miembros de la Unión Europea.
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejería de Educacion y Juventud |
Rango de Ley | Decreto |
Segunda.Queda autorizada la Consejería de Educación y Juventud para realizar las convocatorias anuales de estas ayudas y becas de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.
Tercera.El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el 'Diario Oficial de Extremadura'.
Dado en Mérida, a 19 de febrero de 1996.
El Presidente de la Junta de Extremadura,
JUAN CARLOS RODRIGUEZ IBARRA El Consejero de Educación y Juventud,
LUIS MILLAN VAZQUEZ DE MIGUEL DECRETO 28/1996, de 19 de febrero, por el que se regulan las condiciones básicas para la participación de los niños/as y jóvenes extremeños/as en cursos e intercambios para la formación y perfeccionamiento en otros idiomas oficiales de países miembros de la Unión Europea.
La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del sistema educativo, alude al deber de las Administraciones educativas de fomentar la enseñanza de los idiomas y aumentar la oferta pública de éstos.
El estudio de idiomas extranjeros facilita la comunicación entre los ciudadanos de diferentes países y culturas y, en consecuencia, el entendimiento y colaboración mutua. Ofrecer su conocimiento a los niños/as y jóvenes extremeños/as permitirá que éstos puedan incorporarse a Europa sin desigualdades y les preparará para un espacio geográfico con menos fronteras, en el que la palabra difumine las fronteras.
Por otro lado, el conocimiento de los idiomas extranjeros contribuye a mejorar la formación en los planos individual, social y cultural, que permitirá la progresiva adecuación de la sociedad extremeña y su incorporación plena a la Unión Europea.
Pretende esta norma establecer los criterios básicos para la regulación las condiciones de acceso a los cursos e intercambios que, para el estudio de otras lenguas oficiales de los países de la Unión Europea, vayan a ser organizados por la Consejería de Educación y Juventud de la Junta de Extremadura.
En su virtud, a...
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