DECRETO 157/2006, de 6 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 204/2003, de 16 de diciembre, por el que se regulan las indemnizaciones derivadas en las medidas fitosanitarias adoptadas para la erradicación y control de la bacteriosis de cuarentena 'Ralstonia solanacearum (SMITH) Yabuuchi et al.' en tomate.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE DECRETO 157/2006, de 6 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 204/2003, de 16 de diciembre, por el que se regulan las indemnizaciones derivadas en las medidas fitosanitarias adoptadas para la erradicación y control de la bacteriosis de cuarentena 'Ralstonia solanacearum (SMITH)Yabuuchi et al.' en tomate.

El Decreto 204/2003, de 16 de diciembre, regula las indemnizaciones derivadas de las medidas fitosanitarias adoptadas para la erradicación y control de la bacteriosis de cuarentena 'Ralstonia solanacearum (SMITH) Yabuuchi et al.' en cultivos y plantas de vivero de tomate.

Las indemnizaciones reguladas tienen como finalidad subsanar el perjuicio ocasionado a los titulares de explotaciones agrarias y productores de plantas por la aplicación de las medidas fitosanitarias obligatorias adoptadas para la erradicación y control del organismo nocivo no establecido mencionado en el artículo anterior.

La normativa fue desarrollada atendiendo a las peculiaridades del cultivo de tomate en Extremadura que en su inmensa mayoría tiene como destino la transformación en la industria de concentrado. Sin embargo en Extremadura también se produce tomate bajo abrigo de forma intensiva, cuyos costes de producción son mucho más elevados que los del tomate al aire libre. En caso de tener que proceder a adoptar medidas de erradicación y control en este último tipo de cultivo, el coste de estas medidas estaría muy alejado de las indemnizaciones previstas en el Decreto 204/2003. Por tanto, con el fin de diferenciar las indemnizaciones a percibir según el tipo de cultivo es necesario modificar el actual Decreto. Por otra parte, dado el tiempo transcurrido desde la publicación del anterior Decreto es necesario actualizar el montante máximo previsto en estas indemnizaciones.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del Consejero de Agricultura y Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión de 6 de septiembre de 2006,

D I S P O N G O :

Artículo único Modificación.

Se modifica el Decreto 204/2003, de 16 de diciembre, por el que se regulan las indemnizaciones derivadas de las medidas fitosanitarias adoptadas para la erradicación y control de la bacteriosis de cuarentena 'Ralstonia solanacearum (SMITH) Yabuuchi et al.' en tomate, quedando redactado en los...

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