DECRETO 4/2002, de 15 de enero, por el que se regula la concesión de subvenciones de la Administración Autonómica de Extremadura a la suscripción de seguros agrarios.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

DECRETO 4/2002, de 15 de enero, por el que se regula la concesión de subvenciones de la Administración Autonómica de Extremadura a la suscripción de seguros agrarios.

La Ley 87/1978, de 28 de diciembre, de Seguros Agrarios Combinados, contiene los aspectos generales que serán de aplicación para la concesión de subvenciones a la suscripción de Seguros Agrarios Combinados, desarrollada por Real Decreto 2.329/1979, de 14 de septiembre.

De acuerdo con el artículo 5º de la citada Ley 87/1978, el Plan Anual de Seguros Agrarios, aprobado para cada ejercicio por Acuerdo de Consejo del Consejo de Ministros determina los distintos porcentajes de subvención que otorgará la Administración General del Estado a los agricultores, ganaderos y acuicultores que aseguren su producción en el marco del Sistema de Seguros Agrarios Combinados.

El sector agrario extremeño está sometido a unas condiciones medioambientales inciertas, que constituyen un factor muy importante de riesgo e incertidumbre para sus producciones y causantes en muchas ocasiones y lugares de importantes pérdidas económicas que, en caso de daños de gran intensidad o presentación reiterada, pueden comprometer el mantenimiento de la actividad y la población agraria.

Dadas las circunstancias expuestas anteriormente, y por constituir un importante instrumento de estabilidad económica y social, esta Administración Autonómica considera conveniente intensificar en nuestra región las medidas de fomento de prevención de riesgos y de apoyo a la expansión del seguro agrario, garantizando así la estabilidad de las rentas frente a las adversidades climáticas y otros siniestros que pudieran acontecer.

En la Ley 5/1992, de 26 de noviembre, sobre Ordenación de las Producciones Agrarias en Extremadura, se prevé el establecimiento de ayudas a la contratación de seguros agrarios por parte de la Comunidad Autónoma de Extremadura por considerarse éstas como un instrumento básico en el desarrollo de una política de ordenación agraria.

Por otra parte, mediante Convenio de colaboración formalizado entre la Junta de Extremadura y la Agrupación Española de Entidades Aseguradoras de los Seguros Agrarios Combinados, S.A.

(AGROSEGURO), se regula la liquidación y pago a esta entidad de la parte de la prima que en concepto de subvención corresponda aportar a la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente.

Por lo que en virtud de lo dispuesto en el artículo 7.1.6 Estatuto de Autonomía, a propuesta del Consejero de Agricultura y Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 15 de enero de 2002, D I S P O N G O

Artículo 1º OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN.

Es objeto del presente Decreto establecer y regular el régimen de concesión de subvenciones al pago de las primas de Seguros Agrarios, correspondientes a las...

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