Decreto 111/2010, de 7 de mayo, por el que se regulan las asociaciones de madres y padres del alumnado y se crea el registro de estas entidades en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación
Rango de LeyDecreto

I DISPOSICIONES GENERALES

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

DECRETO 111/2010, de 7 de mayo, por el que se regulan las asociaciones de madres y padres del alumnado y se crea el registro de estas entidades en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2010040120)

La Constitución Española establece en su artículo 22 el derecho de asociación como uno de los derechos fundamentales de los ciudadanos y en el artículo 27.7 el derecho de los padres a participar en la gestión y control de los centros educativos.

El artículo 5 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, reconoce el derecho de los padres y madres de alumnos a asociarse en los términos previstos en las leyes y reglamentos aplicables.

En esta dirección, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en el artículo 118.3 que las Administraciones educativas fomentarán, en el ámbito de su competencia, el ejercicio efectivo de la participación de alumnado, profesorado, familias y personal de administración y servicios en los centros educativos. Asimismo, en el artículo 119.5 se establece que los padres y los alumnos podrán participar también en el funcionamiento de los centros a través de sus asociaciones. Igualmente, el artículo 5.5 de Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, en su redacción operada por la disposición final primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, determina que: "Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio del derecho de asociación de los padres, así como la formación de federaciones y confederaciones".

En el documento publicado en 2007 por la Consejería de Educación de la Junta de Extremadura titulado "Compromiso de las familias extremeñas con la educación", se prevén una serie de propuestas para favorecer la implicación real y el compromiso de la familia en la educación de sus hijos e hijas, entre las cuales se encuentra la de potenciar la participación de las familias en la gestión y control del centro escolar a través de las asociaciones de madres y padres.

De conformidad con lo anterior, se estima necesario regular las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes no universitarios, así como de sus respectivas federaciones y confederaciones.

En virtud de todo lo cual, previo informe del Consejo Escolar de Extremadura, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Extremadura, a propuesta de la Consejera de Educación, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su sesión de 7 de mayo de 2010,

DISPONGO:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.

El presente decreto tiene por objeto regular las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros docentes no universitarios y crear un registro de estas entidades en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 2 Definición.

A efectos de lo dispuesto en el presente decreto, se consideran asociaciones de madres y padres del alumnado aquellas que se constituyan en los centros docentes de titularidad pública o privada que impartan las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 3 Miembros.

Pueden ser miembros de las asociaciones de madres y padres del alumnado, las madres y padres o, en su caso, tutores legales del alumnado que esté cursando estudios en los centros educativos que impartan las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, a que se refiere el artículo anterior.

Artículo 4 Fines.

Las asociaciones de madres y padres del alumnado tendrán como fines los siguientes:

  1. Informar a las madres y padres de las actividades propias de la asociación y potenciar su...

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