DECRETO 141/1994, de 27 de diciembre, por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y personal laboral de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Trabajo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 141/1994, de 27 de diciembre, por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y personal laboral de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Extremadura.

Según lo dispuesto en el artículo 26 del Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de Extremadura, aprobado por Decreto Legislativo 1/1990, de 26 de julio, las relaciones de puestos de trabajo actúan como el instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal de acuerdo con las necesidades de los servicios, habiéndose de realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.

Las relaciones de puestos de trabajo que se hallan vigentes en la Consejería de Economía y Hacienda son las aprobadas por Decreto 81/1992, de 30 de junio, para los puestos de personal funcionario, y por Decreto 54/1992, de 19 de mayo, para los puestos de personal laboral.

No obstante, el tiempo transcurrido, que ha hecho que se generen nuevas circunstancias que propician más que nunca la consecución de objetivos de austeridad en el gasto público, y hechos relevantes como la entrada en vigor del II Convenio Colectivo para el personal laboral, aconsejan acometer un ajuste en profundidad de las relaciones de puestos de trabajo que permita afrontar las necesidades que se detectan en materia de recursos humanos, así como mejorar determinados aspectos de este instrumento de gestión de los referidos recursos, adaptándolo a una estructura organizativa más racional.

Por ello, mediante Decreto 29/1994, de 7 de marzo, se establecen criterios a seguir para la elaboración y aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura, tanto en lo que se refiere a la tramitación como al contenido de las mismas.

En consecuencia, las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario y personal laboral de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Extremadura contemplan los dos tipos de relaciones de puestos de trabajo existentes claramente diferenciadas, se siguen las instrucciones dadas en dicha norma sobre contenido de las relaciones de puestos de trabajo, clasificación de puestos como de personal funcionario o laboral, según corresponda, condiciones para la creación de nuevos puestos de trabajo, calificación de puestos de trabajo como de naturaleza administrativa, inclusión de los nuevos tipos de complemento...

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