DECRETO 45/2007, de 20 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Junta de Extremadura para 2007.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Presidencia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 45/2007, de 20 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Junta de Extremadura para 2007.

El Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de Extremadura, aprobado por Decreto Legislativo 1/1990, de 26 de julio, y modificado por Ley 5/1995, de 20 de abril, de modificación parcial y urgente del mismo, establece los criterios que han de regir la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de los Organismos Autónomos e Instituciones de ella dependientes.

De igual forma, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, dispone que las necesidades de recursos humanos que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes serán objeto de Oferta de Empleo Público, siempre que exista crédito presupuestario y se considere conveniente su cobertura durante el ejercicio.

Así mismo, el V Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura, establece que en los términos que establezca la Ley de la Función Pública y el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, convocará con base a la Oferta de Empleo Público que se halle vigente, las pruebas selectivas para cubrir las plazas que correspondan de acuerdo con las previsiones totales de la referida Oferta.

Por otra parte, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, contiene las normas que, junto con las recogidas en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, constituyen las bases del régimen estatutario de los funcionarios públicos docentes.

El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades, en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación dispone que, como requisito previo a las convocatorias para provisión de plazas, se ha de llevar a cabo la publicación por las Administraciones Educativas de las respectivas ofertas de empleo.

Asimismo, el citado Real Decreto 276/2007, prevé la posibilidad de que las Administraciones Educativas realicen convocatorias para que los funcionarios docentes que dependan directamente de las mismas puedan adquirir nuevas especialidades.

El conocimiento del estado actual del sistema educativo, así como las necesidades en orden a la mejora de la calidad de la enseñanza, hacen aconsejable la convocatoria de los correspondientes procesos selectivos que permitan adecuar las plantillas actuales.

Respecto del personal dependiente del Organismo Autónomo 'Servicio Extremeño de Salud', se incluyen en la Oferta de Empleo Público para 2007, un contingente de plazas para su

Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara Funcionarios de Administración Local.-Anuncio de 13 de marzo de 2007 sobre nombramiento de funcionario de carrera ....................................................

Ayuntamiento de Villafranca de los Barros Normas subsidiarias.-- Edicto de 14 de marzo de 2007 sobre aprobación inicial de las Normas Subsidiarias de planeamiento municipal para la ampliación de suelo de equipamiento asistencial en calle León Felipe y supresión de zona de aparcamiento ............................................................

Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Extremadura Cajas de Ahorros.-- Anuncio de 19 de marzo de 2007 sobre proceso de renovación de Órganos Rectores ....

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provisión a través de los procesos selectivos que oportunamente se convoquen, que se regularán por lo establecido en el Decreto 12/2007, de 23 de enero, por el que se regula el sistema de selección de personal estatutario y de provisión de plazas básicas y singularizadas del Servicio Extremeño de Salud.

Así pues, la Oferta de Empleo Público constituye el instrumento de que dispone la Administración para programar las necesidades de personal y así contribuir al logro de los objetivos de racionalización de los recursos humanos. La publicación de la Oferta permitirá proceder a la convocatoria de los procesos necesarios para seleccionar, con sujeción a los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, los candidatos más idóneos para acceder a la función pública de la Administración de la Comunidad Autónoma.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 10/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2007, las convocatorias de plazas para ingreso de nuevo personal se concentran en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideran prioritarios, sin perjuicio de las convocatorias para promoción interna independientes de las de ingreso. Asimismo, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Presidencia, podrá autorizar la convocatoria de las plazas vacantes que se considere que puedan afectar al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, incluyendo aquéllas que estando presupuestariamente dotadas y contemplados los puestos en las Relaciones de Puestos de Trabajo o en otros instrumentos de ordenación, se encuentren desempeñados interina o temporalmente.

En el sentido anteriormente expuesto, mediante el presente Decreto...

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