Decreto 250/2009, de 4 de diciembre, de cambio de denominación del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Badajoz, del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Cáceres y del Consejo de Colegios de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Extremadura que pasan a denominarse, respectivamente, Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Badajoz, Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Cáceres y Consejo de Colegios Profesionales de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Extremadura.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración Pública y Hacienda
Rango de LeyDecreto

El artículo 8.6 de su Estatuto de Autonomía atribuye a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia de desarrollo legislativo y ejecución, en el marco de la legislación básica del Estado, en materia de Colegios Profesionales y Corporaciones de Derecho público representativas de intereses económicos y profesionales. Con base en dicha competencia, la Asamblea de Extremadura aprobó la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y de Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, por la cual se regulan los Colegios Profesionales y los Consejos de Colegios Profesionales que desarrollan su actuación exclusivamente en el ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma.

La mencionada Ley de Colegios y Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura, dispone en su artículo 5.2 que el cambio de denominación de un Colegio Profesional deberá ser propuesto por el propio Colegio, de acuerdo con lo que dispongan sus Estatutos, y requerirá su aprobación mediante Decreto, previo informe del correspondiente Consejo de Colegios de Extremadura, si estuviera constituido, y de los Colegios que pudieran resultar afectados por el nuevo nombre.

Corresponde, pues, al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, a propuesta del titular de la Consejería que ejerza las funciones de Presidencia, actualmente el Consejero de Administración Pública y Hacienda, aprobar la modificación de la denominación de un Colegio Profesional, adaptándola a su más adecuada formulación acorde con la voluntad de los colegiados.

El Pleno extraordinario del Consejo, celebrado el día 8 de octubre de 2008, acuerda el cambio de su denominación por la de Consejo de Colegios Profesionales de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Extremadura, proponiendo el cambio de denominación a la Junta de Extremadura a través de la Consejería de Administración Pública y Hacienda. Consta el preceptivo informe emitido por el Consejo.

Por su parte, los Colegios Oficiales de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Badajoz y Cáceres aprobaron el cambio de denominación el 11 de septiembre y el 18 de septiembre de 2008 respectivamente.

La denominación propuesta por el Consejo de Colegios y los Colegios Oficiales de las respectivas Provincias implica la adición de la expresión "Ingenieros de Edificación de Extremadura" a la actualmente existente. El fundamento de esta adición se encuentra en el...

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